El Ararteko pide revisar la denegación de una solicitud de cambio vivienda por considerar que el inmueble no es adecuado para las necesidades específicas de la unidad de convivencia, una mujer y su hijo menor

Una ciudadana, inquilina de una vivienda de protección pública en régimen de arrendamiento, acudió al Ararteko después de que la sociedad pública Alokabide le denegara su solicitud de reconocimiento de necesidad específica de cambio de vivienda. 

La reclamante constituye una unidad de convivencia monoparental con un niño de diez años a su cargo. Alokabide le adjudicó la vivienda en 2019 y la aceptó, debido a su difícil situación económica y el alto precio de los arrendamientos en el mercado libre. Sin embargo, el inmueble dispone de un único dormitorio y esto dificulta el desarrollo de la personalidad de su hijo ya que limita ostensiblemente su privacidad, por lo que se ha visto obligada a dormir en el sofá cama del salón-cocina-comedor.

Al deteriorarse la convivencia con su hijo por la falta de intimidad solicitó el reconocimiento de la necesidad específica de vivienda. Para ello, en los motivos del formulario facilitado por Alokabide, marcó la opción correspondiente a “Necesidades específicas debidamente acreditadas” y aportó un informe de su médico de familia en el que daba cuenta de la situación anímica en la que se encontraba.

Alokabide denegó la solicitud por considerar que el informe médico no era concluyente y que no había una situación de sobreocupación. También le advirtió de que no analizaría otra solicitud de reubicación por el mismo motivo en el plazo de dos años.

La reclamante informó al Ararteko de que no tenía resolución alguna de la delegada territorial de Vivienda de Araba resolviendo la solicitud, sólo una resolución de la oficina de Atención al Cliente.

Hemos comprobado que el Departamento de Vivienda viene exigiendo como único elemento determinante para el reconocimiento de una solicitud de cambio de vivienda, el incumplimiento de la ratio de metros cuadrados por persona previsto en la Ley de Vivienda.

A juicio del Ararteko, el hecho de que la vivienda disponga de un único dormitorio y de que la ciudadana se vea obligada a dormir en el sofá cama supone que la solicitud de reconocimiento de la necesidad específica de cambio de vivienda esté debidamente justificada conforme a la Ley.

Por ello, pide al Departamento de Vivienda que revise la resolución de la oficina de Atención al Cliente de Alokabide, al considerar que el inmueble no es adecuado para las necesidades específicas de esa unidad de convivencia.

Vitoria-Gasteiz, 13 de abril de 2022
 


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Resolución 2022R-463-21 del Ararteko, de 16 de marzo de 2022, por la que recomienda al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco que revise la denegación de una solicitud de reconocimiento de necesidad específica de cambio de vivienda