El Ararteko recomienda al Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco que revise la actuación de Alokabide en una convocatoria de ayudas al alquiler para personas en exclusión residencial grave

El Ararteko admitió a trámite una queja de un ciudadano que, asesorado por los trabajadores sociales del albergue en el que pernoctaba, mostró las dificultades a la hora de formalizar y tramitar una ayuda económica para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad económica y social como consecuencia de la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Según expuso, solicitó el reconocimiento de una ayuda económica gracias al compromiso y atención del personal del albergue, que le asistió en todo momento en la realización de los trámites preceptivos exigidos por la Orden de 13 de abril de 2021, del consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes. 

No obstante, los educadores del albergue expusieron, en la reclamación trasladada en nombre y representación del promotor de la queja, las dificultades para su presentación electrónica y la inadecuada información remitida por la sociedad pública Alokabide en el transcurso de la tramitación.

En este contexto, dieron cuenta de los impedimentos trasladados para modificar la solicitud presentada, al considerar Alokabide que el canal de presentación electrónica no debió ser el relativo al “Programa de Ayuda Principal”, sino el correspondiente al “Programa de Ayuda Complementario”. Al fin y al cabo, desde la sociedad pública transmitieron que, con la documentación aportada, habían comprobado que el promotor de la queja se encontraba en situación de exclusión residencial grave. 

En consecuencia, Alokabide orientó al personal del albergue a llevar a cabo una nueva solicitud electrónica por este segundo canal e informó de la necesidad de aportar, nuevamente, buena parte de la documentación que ya obraba en su poder.

El Ararteko solicitó su colaboración al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco. En concreto, formuló una petición con el fin de conocer, de manera fehaciente, las actuaciones que realizó Alokabide en la tramitación del reconocimiento de la ayuda económica a ese ciudadano. 

También quiso saber si la limitación de presentar una nueva solicitud en vez de subsanar la anterior y continuar con el procedimiento se debió al diseño de las aplicaciones informáticas. Y recordó el derecho de las personas interesadas en un procedimiento administrativo a no aportar documentos que ya se encuentran en poder de la Administración.

Además, el Ararteko mostró su preocupación con la exigencia prevista en la Orden de 13 de abril, que obligaba a las personas interesadas a la presentación electrónica de la solicitud.

Con la información facilitada, el Ararteko considera que Alokabide, lejos de limitar sus actuaciones a las propias de gestión y pago de las ayudas o subvenciones, ha instruido, ordenado e impulsado el preceptivo procedimiento administrativo. En definitiva, tras la tramitación de esta reclamación, el Ararteko ha comprobado que la sociedad pública ha ejercido potestades públicas. No obstante, este tipo de actuaciones le está estatutariamente vetado y legalmente prohibido. Con todo, tampoco consta ningún encargo o convenio que justifique tal actuación. 

Por ello, el Ararteko recomienda al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes que tenga en cuenta las características propias de los colectivos a los que se dirige a la hora de configurar las bases reguladoras de ayudas económicas, con el fin de que su acceso no suponga un obstáculo desproporcionado para quienes pretendan su concesión.

Considera necesario, además, que el Departamento revise los encargos realizados a Alokabide y modifique aquellos en los que se constate el ejercicio de potestades públicas.

Por último, estima necesario que el Departamento reflexione acerca de las facultades reconocidas a las diversas sociedades públicas dependientes en la tramitación administrativa de ayudas económicas o subvenciones. 


RESOLUCIÓN

Vitoria-Gasteiz, 27 de diciembre de 2022