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  • Esta recomendación surge tras analizar una reclamación presentada por la asociación Ekologistak Martxan Bizkaia, que denunció la presencia de residuos peligrosos en antiguos vertederos, lo que estaría generando lixiviados con impactos ambientales en la cuenca del Nerbioi-Ibaizabal.

    En su resolución, el Ararteko recuerda las obligaciones legales derivadas de la normativa estatal y europea sobre residuos y suelos contaminados, y recalca que los poderes públicos deben garantizar una restauración ambiental eficaz de los depósitos de residuos peligrosos que aún persisten en la actualidad.

    Además, subraya que, pese a las relevantes actuaciones llevadas a cabo por el Gobierno Vasco en las últimas décadas, la persistencia de focos contaminantes exigiría impulsar un plan integral, así como la reactivación de la mesa de acción institucional y social frente al lindano.

    Por ello, el Ararteko recomienda al Departamento de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad del Gobierno Vasco que impulse la elaboración de un plan de actuación definitivo para remediar la persistente contaminación por lindano-HCH en varios vertederos en desuso de Bizkaia.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 23 de junio de 2025

  • Los hechos se remontan a septiembre de 2024, cuando un ciudadano denunció que un agente de la Policía Municipal de Erandio le negó atención en euskera y reiteró esa conducta en varias ocasiones, incluso tras quejarse telefónicamente. La denuncia refleja que, en un primer momento, la atención y la documentación se realizaron únicamente en castellano, vulnerando así los derechos lingüísticos del ciudadano, que tiene derecho a ser atendido en euskera, lengua oficial junto al castellano en Euskadi. 

    El Ararteko solicitó información al Ayuntamiento de Erandio, que admitió dificultades para atender en euskera debido a una sentencia judicial que eliminó la obligatoriedad de ciertos perfiles lingüísticos en la plantilla policial. Sin embargo, el informe también evidenció que la mayoría de los agentes cuentan con acreditación suficiente para prestar atención en euskera y que la normativa y los protocolos existentes no se estaban aplicando de forma efectiva. 

    En su resolución, el Ararteko concluye que el Ayuntamiento de Erandio debe garantizar que todos los agentes con perfiles lingüísticos acreditados puedan atender en euskera, sin que la decisión de hacerlo dependa de la voluntad individual del agente. Además, se recomienda reforzar la formación en derechos lingüísticos y en protocolos de atención en euskera, así como promover una cultura de respeto y no discriminación en la atención ciudadana. 

    El Ararteko espera que estas recomendaciones sean implementadas de manera efectiva para evitar futuras situaciones de discriminación por razón de la elección de la lengua y fortalecer el compromiso del Ayuntamiento de Erandio con los derechos lingüísticos de toda su ciudadanía.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 19 de junio de 2025
     

  • La ararteko en funciones Inés Ibáñez de Maeztu ha comparecido ante la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Parlamento Vasco para dar cuenta del Informe anual al Parlamento Vasco 2024.

    INTERVENCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 18 de junio de 2025
     

  • El Ararteko ha recomendado al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que elimine la exigencia de enviar una copia del DNI por correo electrónico para presentar escritos a través del registro electrónico municipal. Esta práctica, detectada a raíz de la queja de un ciudadano, no se ajusta a la normativa vigente sobre procedimiento administrativo ni a la propia ordenanza municipal.

    Según ha concluido el Ararteko, cuando una persona se identifica mediante certificado electrónico cualificado -como los emitidos por Izenpe o el DNI electrónico- no es necesario aportar copia del documento de identidad. La verificación ya se realiza de forma automática y segura a través del propio sistema.

    Además, esta institución advierte que esta exigencia puede vulnerar el derecho a no presentar documentos que ya obran en poder de la Administración, así como el principio de minimización de datos personales previsto en la normativa de protección de datos. 


    Por todo ello, el Ararteko insta al consistorio a adaptar su sistema de registro a los estándares legales de identificación electrónica y a evitar barreras innecesarias en el acceso a los servicios públicos digitales.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 17 de junio de 2025
     

  • También le pide que habilite la cita previa de manera opcional, informe debidamente de su funcionamiento vía electrónica y presencial y de aquellos supuestos en los que no es necesario utilizarla
  • El Ararteko ha instado al Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco a revisar la actual regulación de la pesca profesional de la anguila (angula en su fase joven), con el fin de adecuarla a las exigencias del Derecho de la Unión Europea para la recuperación de la población de anguila europea.

    La recomendación responde a una queja presentada por la asociación plataforma de defensa medio ambiental “Mutriku Natur Taldea”, que cuestionó la legalidad y oportunidad del Decreto 77/2024, por el que se autorizó por primera vez en Euskadi la pesca profesional de angula, hasta entonces únicamente permitida de forma recreativa.

    Esta asociación planteó que la regulación de la pesca de la angula debe tener en cuenta las obligaciones derivadas del estado de conservación crítico de la anguila, reconocido por organismos internacionales como el Consejo Internacional para la Exploración del Mar, que había venido recomendando que la mortalidad antropogénica se mantuviera lo más próxima posible a cero, y cuyas restricciones habían sido recogidas por el Derecho de la Unión Europea que prohibía su pesca recreativa, permitiendo mantener únicamente la pesca profesional existente con ciertas restricciones.

    El Ararteko ha realizado un análisis de la regulación de la UE sobre la obligación de recuperar la población de anguila europea, del Plan de gestión de la anguila europea de la CAPV y de la justificación de las medidas acordadas para permitir la pesca profesional. Esta institución considera que la regulación de la pesca profesional requiere una adecuada justificación, basada en criterios científicos, que cumpla con las obligaciones de conservación recogidas en la normativa europea. Por ello, ha recomendado al Gobierno Vasco que revise la regulación de la pesca de la angula para ajustarla a las medidas europeas de conservación, limitando al máximo su pesca profesional y asegurando medidas de repoblación.

    La anguila europea es una especie catalogada en estado de conservación crítico y su recuperación es una prioridad a nivel internacional. El Ararteko recuerda que las decisiones en materia de gestión pesquera deben tener como eje la sostenibilidad ecológica, la transparencia y el respeto a la normativa ambiental europea vigente.

    Por otra parte, el Ararteko ha concluido su intervención respecto a una queja presentada por la Asociación Euskadiko Angulero Elkartea que denunció la falta de participación en la tramitación del Plan Integral de Recuperación de la Anguila Europea en Gipuzkoa 2024-2034, aprobado por el Departamento de Equilibrio Territorial Verde de la Diputación Foral de Gipuzkoa.

    En este caso, aunque el Ararteko admite que dicho plan tiene un carácter programático y no normativo, por lo que no está sujeto a los trámites exigidos para las disposiciones de carácter general, sí considera que la Diputación debió informar e invitar a participar a las asociaciones inscritas en el registro de grupos de interés, especialmente en un asunto ambiental de gran sensibilidad, como la recuperación de una especie (la anguila europea) en estado crítico.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 11 de junio de 2025

  • La ararteko en funciones Inés Ibáñez de Maeztu ha comparecido ante la Comisión de Cultura, Euskera y Deporte del Parlamento Vasco para informar sobre la experiencia en la defensa de los derechos lingüísticos, las actividades desarrolladas y los pasos que se deberían dar en el futuro.

    INTERVENCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 11 de junio de 2025

  • Inés Ibáñez de Maeztu Izaguirre, hasta ahora adjunta, será ararteko en funciones hasta que el Parlamento Vasco elija un nuevo titular
Vitoria-Gasteiz
Ararteko

El Ararteko recomienda al Departamento de Vivienda que garantice, en condiciones de igualdad, la participación de las familias numerosas de más de seis miembros en los procedimientos de adjudicación de viviendas de protección pública

Un ciudadano planteó al Ararteko su disconformidad con la decisión de la delegada territorial de Vivienda de Araba de excluir su solicitud de participación en un procedimiento de adjudicación de viviendas de protección pública en régimen de arrendamiento. El reclamante explicó que su unidad de convivencia está compuesta por ocho miembros, de los cuales seis son personas menores de edad a su cargo. Adjuntó un informe elaborado por los servicios sociales de base en el que, entre otras cuestiones, pone de relieve que la vivienda del mercado libre en la que residen apenas dispone de una superficie útil de 73 m2, lo cual está provocando una clara situación de "hacinamiento". También explica que "hay humedades y condensaciones en todos los habitáculos de la vivienda tanto en paredes como techos" y añade que "la cocina no tiene extractor de humos" y "tampoco tiene calefacción". 

Por todo ello, los servicios sociales de base sostienen que "las condiciones de habitabilidad de la vivienda son deficientes y nada saludables para todos los miembros de una unidad familiar." Como conclusión, el informe considera que "tres habitaciones de VPO de alquiler serían adecuadas y suficientes para la unidad familiar". El promotor de la queja y su unidad de convivencia constan inscritos como demandantes de vivienda protegida desde el año 2015. 

En este contexto y ante el inadecuado estado de la vivienda en la que residen, en marzo de 2023 el reclamante formalizó su solicitud de participación en un procedimiento de adjudicación de viviendas de protección pública en régimen de arrendamiento. Sin embargo, la delegada territorial de Vivienda de Araba resolvió excluir la solicitud de participación por entender que "El número de miembros de la unidad convivencia no se adecua a las características de las viviendas de esta promoción." 

El reclamante interpuso un recurso de alzada al que no se dio debida respuesta y manifestó que dada la composición de su unidad de convivencia no podía acceder a ninguna de las promociones que ofertaba el Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco. De hecho, aseguró que el diseño actual de las viviendas y, por tanto, la configuración de los procedimientos de adjudicación impedía el acceso de su familia a cualquier vivienda de protección pública dado que ninguna de las últimas promociones había previsto el acceso a familias conformadas por más de seis miembros. 

Tras solicitar información, el Ararteko ha comprobado que el reclamante y su unidad de convivencia llevan inscritos como demandantes de vivienda desde 2015. Sin embargo, en el escaso plazo de un año ha visto excluida su solicitud de participación hasta en tres procedimientos de adjudicación con el único pretexto de que la unidad de convivencia superaba los seis miembros fijados por la Orden del consejero de Vivienda que aprobaba las bases para la adjudicación. 

En opinión del Ararteko el derecho de acceso a una vivienda digna y adecuada de este colectivo ha quedado claramente limitado al impedir su participación sin que para ello se haya justificado la diferencia de trato en el acceso en función del número de integrantes de las familias numerosas. Por ello el Ararteko recomienda el Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco que revise la decisión de excluir la solicitud de participación del reclamante en el procedimiento de adjudicación de viviendas de protección pública en régimen de arrendamiento. En todo caso, el Ararteko considera necesario que el Departamento garantice, en condiciones de igualdad, la participación de las familias numerosas de más de seis miembros en los procedimientos de adjudicación de viviendas. 

RESOLUCIÓN

Vitoria-Gasteiz, 4 de abril de 2024