El informe de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea en materia de lucha antiterrorista recoge las aportaciones del Ararteko

Como ya anunciamos anteriormente, en 2021 la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) hizo público un informe que, con la participación del Ararteko, entre otras personas y entidades, examinaba el impacto de la Directiva de la UE en materia de lucha antiterrorista en los derechos de las personas. Recientemente la FRA ha publicado la traducción del resumen de este informe a las lenguas oficiales de la UE. Con ello la FRA hace accesible el mencionado informe al público en general y nos ofrece la oportunidad de compartir desde el Ararteko una reflexión sobre sus contenidos.

El referido informe, denominado “Directiva (EU) 2017/541 Relativa a la Lucha Contra el Terrorismo – Impacto en los Derechos y Libertades Fundamentales” (ver resumen en español), ha sido elaborado por la Agencia a petición de la Comisión Europea, para examinar el impacto que había tenido la aplicación de las disposiciones de la mencionada directiva europea en los derechos de las personas. En términos generales, el informe incide en la necesidad de una mayor claridad jurídica, una orientación práctica y unas garantías más sólidas en la lucha contra el terrorismo, ya que las medidas empleadas en esta lucha pueden entrañar, directa o indirectamente, graves limitaciones a los derechos y libertades fundamentales.

La participación del Ararteko en el informe se originó a raíz de la solicitud de colaboración de la propia Agencia Europea de Derechos Fundamentales. De esta manera, el Ararteko se unió a las 107 personas e instituciones entrevistadas con amplia experiencia en el ámbito de la lucha antiterrorista, incluidas personas del ámbito de la judicatura, fiscalía y de la justicia en general, del ámbito académico, así como ONG e instituciones de control como el Ararteko. El informe centró su enfoque en siete Estados miembros de la UE, con objeto de reflejar la diversidad de experiencias con el terrorismo y la aplicación de la legislación antiterrorista, así como en aras del equilibrio geográfico.

En el informe, la Agencia emite hasta seis dictámenes con el fin de contribuir a que las medidas de la UE en el ámbito de la lucha contra el terrorismo respeten plenamente los derechos fundamentales en toda la UE. En línea con lo aportado por el Ararteko en el marco de su colaboración con la Agencia, cabría destacar, entre todos ellos, los siguientes:

  • En su primer punto, la Agencia indica que la tipificación de delitos preparatorios –como la provocación pública a la comisión de un delito de terrorismo (el cual abarcaría la apología y la humillación a las víctimas en el sistema español) y los viajes con fines terroristas- no debe repercutir ni tener un efecto amedrentador sobre el ejercicio legítimo de los derechos individuales, como la libertad de expresión (Dictamen 1).
  • Además, la Agencia hace una llamada a la Comisión Europea para que envíe orientaciones a los Estados miembros para que el marco interpretativo y de aplicación de los delitos terroristas se ajuste plenamente a lo establecido en la Directiva, y así evitar una interpretación expansiva por parte de las autoridades (Dictamen 5).
  • Por último, la Agencia incide en que, con el fin de evitar un impacto desproporcionado en los derechos de las personas, el uso de medidas administrativas por parte de las autoridades nacionales contra personas sospechosas de participar en actividades terroristas debe estar sujeto a normas y condiciones claras para su aplicación (Dictamen 6).