El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la razón a una mujer polaca que perdió la custodia de sus hijos por mantener una relación homosexual

En una sentencia de 16 de septiembre, el Tribunal Europeo determina que los tribunales polacos tuvieron en cuenta en repetidas ocasiones el hecho de que la mujer, madre de cuatro hijos habidos con su exmarido, hubiese comenzado una relación homosexual. Los informes periciales emitidos durante los procesos de custodia habían indicado que la madre podría mantener la custodia si "cambiaba decididamente su actitud y excluía a su novia de la vida familiar". A pesar de considerar que las aptitudes parentales de la madre eran similares a las del padre, los tribunales tuvieron consideraron justificado dar la custodia únicamente al padre por el estado de desarrollo del hijo menor y por el papel predominante del padre a la hora de actuar como modelo masculino para su hijo. El Tribunal Europeo concluyó que esta constante consideración de la sexualidad de la madre había supuesto un trato desigual, perjudicial y discriminatorio para ella en comparación con cualquier otro progenitor que solicitase la custodia de sus hijos.

La sentencia del Tribunal Europeo toma como referente una sentencia anterior de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.