Reembolso del coste por una asistencia sanitaria privada

A la vista del cuadro que presentaba, a una persona se le prescribió en el sistema público una prueba diagnóstica, de manera urgente. Debido a que el tiempo de espera previsto era de 3 meses reclamó su adelanto, pero no fue posible. En esas circunstancias optó por acudir a un centro privado y, posteriormente, pidió al Departamento de Sanidad el reembolso del coste de la prueba. Al ser rechazada esta petición de reintegro presentó una queja ante el Ararteko.

Hay que admitir la legitimidad de la preocupación que vive quien ha de permanecer a la espera y por ello opta por acudir a la sanidad privada. Sin embargo, en un sistema público de vocación universal, tales decisiones deben ser estudiadas a la luz de los requisitos que el ordenamiento jurídico exige, entre ellos el de la urgencia.

En este caso, después de recabar de la administración más información y contrastarla con la aportada por esta persona, llegamos a la conclusión de que, desde una perspectiva jurídica, había indicios para pensar que esta persona acudió a la medicina privada de manera justificada.

Era, por tanto, aconsejable que el expediente de solicitud de reembolso de gastos cuya denegación motivó la queja, fuera revisado. Así lo sugerimos al Departamento de Sanidad y Consumo, que aceptó nuestra sugerencia y abonó a esta persona el coste que le supuso acudir a un centro privado.

 

Vitoria-Gasteiz, 6 de septiembre de 2012


Documentos relacionados

Resolución del Ararteko, de 12 julio de 2012, por la que se concluye un expediente de queja sobre la denegación de un reembolso de gastos por la utilización de la medicina privada.