El Ararteko recomienda al Ayuntamiento de Amurrio no incorporar datos personales de denunciantes en las notificaciones de procedimientos administrativos

Una ciudadana planteó al Ararteko una posible vulneración del derecho a la protección de datos personales por el Ayuntamiento de Amurrio que incluyó sus datos en una resolución administrativa notificada a posibles interesados. 

El Ararteko considera que el Ayuntamiento dispone de legitimación para el tratamiento de datos en el marco de sus competencias. Sin embargo, la inclusión de datos personales de la denunciante en la resolución notificada a terceros interesados en una actuación administrativa comporta una cesión de datos que exigía cumplir una base jurídica habilitante.

Esta institución estima que la resolución emitida no requería expresamente la obligación de incluir datos personales de la persona denunciante porque la puesta en conocimiento de unos hechos no confiere, por sí misma, adquirir la condición de interesado en el procedimiento. Además, el procedimiento tramitado por el Ayuntamiento no derivó en la incoación de un procedimiento sancionador, que hubiera precisado aplicar el principio de minimización previsto en la normativa de protección de datos y, por lo tanto, realizar un juicio o ponderación de derechos para analizar si era necesario incluir los datos de la denunciante en la resolución para garantizar el derecho de defensa de las personas denunciadas.

Por ello, el Ararteko recomienda al Ayuntamiento de Amurrio no comunicar o ceder datos de terceros no afectados o interesados expresamente en el procedimiento sin habilitación legal en disposiciones con rango de ley o en el ejercicio de competencias de la Administración en el marco de la notificación de actos administrativos.

En relación con los procedimientos sancionadores, se recomienda evaluar caso por caso la incorporación de datos personales de denunciantes en actos de notificación de procedimientos administrativos sancionadores cuando no resulten relevantes para ejercer el derecho de defensa.

En cualquier supuesto, aun cuando exista base jurídica para la comunicación de datos a terceros, el Ararteko recomienda observar el principio de minimización o proporcionalidad y realizar una ponderación previa de derechos, para determinar el alcance de los concretos datos a comunicar a terceros, con objeto de que resulten adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines perseguidos por la Administración.

Vitoria-Gasteiz, 1 de septiembre de 2022


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