Día mundial del refugiado

El desplazamiento forzoso de las personas, como el reciente de Kirguizistán, la huida del hogar para evitar la persecución política, o el encarcelamiento, o la tortura¿, únicamente por haber ejercido la libertad de ser, de pensar, de tener una creencia o de expresar una opinión, es una necesidad de millones de personas (15,2 millones según ACNUR ). Sólo algunas de ellas llegan a España y solicitan el refugio (4517 solicitudes en 2008 ) y sólo a muy pocas (151) el Estado les reconoció el estatuto de refugiado.

Es necesario luchar contra la impunidad y avanzar hacia la jurisdicción universal para perseguir los crímenes de guerra, genocidio y lesa humanidad, que provocan los desplazamientos forzosos. También hay que hacer un llamamiento hacia la responsabilidad social, porque esas mismas autoridades que impiden estas libertades son, también, parte contratante en acuerdos comerciales y económicos con los dirigentes y empresarios de los Estados democráticos (España, Unión Europea¿), ya que, además de dictadores, actúan como propietarios omnipotenciarios de los territorios en los que gobiernan, dueños absolutos de los medios de producción, recursos naturales, mano de obra¿

A su vez las personas que huyen para evitar su persecución, la muerte o cualquier mutilación física o de su identidad, (como ocurre con la violencia étnica, de género o la persecución por la orientación sexual), son tratadas como criminales , porque no han podido cruzar las fronteras con pasaporte, no han podido contratar un transporte aéreo y han tenido que evitar los controles con "maneras irregulares". La imposibilidad de que estas personas utilicen los procedimientos previstos para los viajeros, léase turistas o mercaderes, les convierte "en personas que han cometido un ilícito¿todavía administrativo en España¿, que consiste en una entrada irregular a un Estado", por el que pueden ser privados de libertad, detenidos en un centro de internamiento o entregados a un país con el que se ha firmado un acuerdo de devolución. La supresión de la vía diplomática de solicitud de asilo tampoco ayuda. A ello se suma la externalización de fronteras, que traslada a países terceros, sin que haya garantías de que respetan los derechos humanos, la competencia del control de los movimientos migratorios, y también, claro está, de los solicitantes de asilo.

La realidad es que la Convención de Ginebra de 1951 sobre el estatuto de los refugiados y el resto de los instrumentos internacionales del derecho humanitario que se han desarrollado en los últimos 60 años sobre esta materia, no alcanza a las personas que se encuentran en los supuestos previstos "en su ámbito de aplicación". El motivo es que existe la presunción de que "seguramente" se trata de un inmigrante económico al que hay que denegar la entrada. La normativa y los instrumentos que autorizan y facilitan la persecución de la inmigración por razones económicas (convenios de cooperación con terceros países, Directiva de Retorno, Agencia Europea Frontex, Sistema de información Schengen¿) dejan sin contenido el derecho de las personas a solicitar refugio. Por otro lado, las personas que han conseguido pasar todas esas barreras y presentan su solicitud, posteriormente, se enfrentan a una entrevista en la que la atención es deficiente y a un procedimiento lento y tortuoso. En definitiva a una carrera de obstáculos para demostrar que han sufrido la humillación, el miedo, la violencia y el horror que les haga personas merecedoras del estatuto de refugiado.

La injusticia, la sinrazón, la violencia son demasiado cotidianas para muchas personas; pero se ha extendido la certeza de que mienten. Y si dejamos de creer en que hay personas que huyen de una persecución, y dejamos de protegerlas, cuando el motivo de su persecución es la defensa de las libertades, ¿libertades que han permitido el desarrollo y avance democrático de Europa¿, nos olvidamos de la Declaración de 1948 de Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas y del resto de compromisos del derecho internacional humanitario.

Como Ararteko creo que tenemos que actuar sin demora para garantizar el cumplimiento de la Convención de Ginebra, y de los derechos y garantías que reconoce nuestro ordenamiento jurídico, sin discriminación, que se garantice y establezcan medios para presentar y estudiar las solicitudes de asilo (las inadmisiones a trámite no deberían ser la regla), que no interfieran las políticas restrictivas hacia la inmigración, y, con carácter urgente, es necesario actuar contra las causas que provocan el desplazamiento forzoso de las personas.

Finalmente, para paliar estos desastres humanitarios sobre los que, es importante subrayar, no somos ajenos, se necesitan impulsar políticas de reasentamiento en Europa, sin que la actual crisis económica sea una excusa para restringir derechos porque el progreso económico no es posible sin el respeto a la dignidad de las personas y sin el desarrollo humano.

Iñigo Lamarca, Julia Hernández e Itziar Barrenkua

Ararteko, Adjunta y Asesora coordinadora