Resolución 2023NI-712-23 del Ararteko de 16 de agosto de 2023
Concluye su actuación relacionada con la necesidad urgente en el acceso de una vivienda digna y adecuada tras un procedimiento judicial de desahucio.
Concluye su actuación relacionada con la necesidad urgente en el acceso de una vivienda digna y adecuada tras un procedimiento judicial de desahucio.
Recomienda al Ayuntamiento de Usurbil la devolución a la reclamante de los gastos del procedimiento de recaudación que no han podido ser justificados en los términos que le exige el artículo 121 del R
Recomienda al Ayuntamiento de Sestao que revoque de oficio la liquidación girada en concepto de tasa por retirada de vehículos, y que se reintegre al afectado la cantidad indebidamente cobrada, porque
Comunican al Ayuntamiento de Sestao, al Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y al Departamento de Relaciones Municipales y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia las con
recomienda al Ayuntamiento de Sestao que revise la denegación de una solicitud de reconocimiento de necesidad específica de cambio de vivienda de protección pública en régimen de arrendamiento.
recomienda al Ayuntamiento de Arrasate/Mondragón que verifique la situación de incumplimiento de la normativa de tráfico que se denuncia en la queja y adopte, en su caso, las medidas adecuadas para re
sugiere al Ayuntamiento de Usurbil que revise los reductores de velocidad y la señalización de los pasos de peatones instalados en el municipio.
recomienda al Ayuntamiento de Hernani que resuelva debidamente la solicitud de las comunidades de garajes reclamantes sobre la reparación del espacio de uso público en superficie y los daños causados
concluye la actuación de oficio relativa a las actuaciones del Ayuntamiento de Sestao en materia de gestión del padrón municipal, del proceso de regeneración y sobre algunas cuestiones relacionadas co
sobre el desmantelamiento de las naves industriales de la empresa Babcock Power S.A. ubicada en el polígono industrial entre Sestao y Trapagaran.