Recomendación 2/2009, de 17 de febrero
recomienda al Ayuntamiento de Iruña de Oca que revoque las resoluciones en las que ha denegado la exención por discapacidad en el IVTM a quienes no han adaptado técnicamente su vehículo.
recomienda al Ayuntamiento de Iruña de Oca que revoque las resoluciones en las que ha denegado la exención por discapacidad en el IVTM a quienes no han adaptado técnicamente su vehículo.
recomienda al Ayuntamiento de Bilbao que deje sin efecto la prohibición de establecimiento de locutorios telefónicos prevista en el Plan especial de rehabilitación y reforma interior del área de Bilba
al Ayuntamiento de Bilbao, para que deje sin efecto el segundo y los siguientes procedimientos sancionadores de tráfico instruidos contra un ciudadano como consecuencia de denuncias consecutivas formu
al Ayuntamiento de Bilbao, para que deje sin efecto las sanciones impuestas en los procedimientos sancionadores de tráfico tramitados y, en su caso, devuelva las cantidades que eventualmente haya reca
al Ayuntamiento de Bilbao, para que deje sin efecto la vía de apremio para la ejecución forzosa de la sanción recaída en un procedimiento en materia de tráfico y devuelva las cantidades recaudadas en
al Ayuntamiento de Bilbao, para que deje sin efecto la vía de apremio para la ejecución forzosa de la sanción recaída en el procedimiento en materia de tráfico tramitado contra el interesado, y, en su
al Ayuntamiento de Bilbao, para que verifique si el promotor de la queja reside en el domicilio que figura en su inscripción del padrón municipal de habitantes, y, en caso afirmativo, le otorgue la ta
al Ayuntamiento de Bilbao, para que deje sin efecto la sanción que impuso al titular de un vehículo por no identificar a quien lo conducía cuando fue denunciado por una infracción de tráfico.
al Ayuntamiento de Bilbao, para que entregue de oficio los justificantes del pago de los recibos de padrón con domiciliación bancaria, dando así cumplimiento a las previsiones contenidas en el Reglame
al Ayuntamiento de Bilbao, para que estime responsabilidad patrimonial que deriva del funcionamiento de los servicios municipales de mantenimiento de las vías urbanas.