El Ararteko recomienda al Ayuntamiento de Donostia que revise el proyecto de la nueva estación de autobuses, para que el diseño previsto de las dársenas garantice el principio de accesibilidad universal

La asociación Elkartu solicitó la intervención del Ararteko con motivo de la supuesta falta de accesibilidad para las personas con movilidad reducida de la nueva estación de autobuses que se está construyendo en Donostia.

Según manifestaron, en las diversas reuniones mantenidas con representantes municipales habían presentado sus propuestas para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en materia de accesibilidad.

A este respecto, nos manifiestan su disconformidad con las dimensiones previstas para las dársenas de la estación, que no cumplen con las previsiones establecidas por la normativa vigente, impidiendo que las personas con movilidad reducida puedan embarcar y desembarcar del vehículo en condiciones de accesibilidad, seguridad y de manera autónoma.

En una primera valoración, consideramos que la propuesta del proyecto de estación en los términos expuestos puede vulnerar los principios de accesibilidad y de diseño universal establecidos.

En 2011, el Ararteko presentó un informe extraordinario bajo el título Diagnóstico de accesibilidad del sistema de transporte público en la CAPV. El objetivo del informe era identificar las carencias y deficiencias del sistema público de transportes en la CAPV, con relación a la seguridad y funcionalidad de los desplazamientos para el colectivo de personas con movilidad reducida. La visión de la discapacidad que subyace en todo el informe, al igual que en el día a día de la labor del Ararteko, es la de promover la accesibilidad universal desde la premisa del diseño para todos,

Por ello, recomendamos al Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián que revise el proyecto de arquitectura y actividad de la nueva estación de autobuses en tramitación en cuanto al diseño previsto de las dársenas.

Le pedimos, también, que apruebe una modificación que garantice el principio de accesibilidad universal, adaptando las condiciones técnicas de accesibilidad previstas en nuestro ordenamiento jurídico, para garantizar la intercomunicación del edificio principal hasta cada una de las dársenas a través de itinerarios accesibles, conforme con el principio de igualdad efectiva de derechos y el respeto a la diversidad humana.

Vitoria-Gasteiz, 1 de diciembre de 2015