El Ararteko sugiere a Izenpe s.a. que contemple la posibilidad de que la firma de solicitud de expedición de un certificado cualificado sea suplida mediante poder notarial otorgado al efecto

Una persona solicitó la intervención del Ararteko con motivo de la negativa de Izenpe S.A., empresa de certificación y servicios, a aceptar un poder notarial otorgado a su favor por sus padres, de edad avanzada, para realizar gestiones en su nombre, entre ellas solicitar certificados electrónicos ante Izenpe.

La negativa se apoyaba, según le indicaron a la promotora de la queja, en que el hecho de disponer de ese poder notarial, aunque contenga esa cláusula específica, no permite identificar a los padres; por tanto, no le podían emitir un certificado digital para ellos, ya que se requiere que quien solicita y acude a la cita para recoger el certificado lo haga personalmente o con el impreso de autorización y el resto de documentación legitimado ante notario.

El Ararteko entiende que, sin perjuicio de que esa sea la política de certificado de ciudadano publicada por Izenpe S.A. y de la normativa sectorial vigente, a la luz de la legislación notarial podría existir una interpretación diferente, ya que el notario, sin duda, ha certificado las firmas de los solicitantes y una de las voluntades expresas de estos es la solicitud de certificados de firma electrónica, entre ellos el de Izenpe S.A.

Por ello, el Ararteko sugiere a Izenpe S.A. que analice el poder esgrimido por la ciudadana y las facultades conferidas para gestionar en nombre de sus padres el certificado electrónico solicitado.

Vitoria-Gasteiz, 27 de abril de 2021


Documentation associée

Resolución 2021S-1891-20 del Ararteko, de 14 de abril de 2021, por la que sugiere a IZENPE S.A. empresa de certificación y servicios que contemple la posibilidad de que la firma de solicitud de expedición de un certificado cualificado sea suplida mediante poder notarial otorgado al efecto.