Resolución 25/2003, de 1 7 de octubre
al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, para que inicie un expediente sancionador contra Vitalpensión EPSV por infracción grave, como consecuencia del incumplimiento
al Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social del Gobierno Vasco, para que inicie un expediente sancionador contra Vitalpensión EPSV por infracción grave, como consecuencia del incumplimiento
al Ayuntamiento de Getxo, para que deje sin efecto tanto la sanción que impuso al reclamante como el procedimiento de apremio para su ejecución.
al Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián, para que la Guardia Municipal inicie de oficio investigaciones internas siempre que existan motivos razonables, así como para que utilice los datos sobre su
al Ayuntamiento de Hondarribia, para que convoque el próximo día 8 de septiembre la celebración del alarde municipal, estableciendo como condición imprescindible para quien pretenda asumir la organiza
al Departamento de Agricultura y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Gipuzkoa, para que establezca unos precios por los permisos de pesca iguales para las personas federadas y las nos federadas.
al Ayuntamiento de Lasarte-Oria, para que estime la responsabilidad patrimonial que deriva del funcionamiento de los servicios municipales de mantenimiento de las vías urbanas.
al Departamento de Interior del Gobierno Vasco, para el adecuado tratamiento del deber de residencia de los funcionarios de la Ertzaintza.
a la UPV/EHU, para que asegure al reclamante el acceso a los documentos generados por la Comisión de Disciplina en la tramitación de informaciones reservadas en relación con hechos y declaraciones imp
al Ayuntamiento de Irún, para que convoque el próximo día 30 de junio la celebración del alarde municipal de San Marcial, estableciendo como condición imprescindible para quien pretenda asumir la orga
al Consorcio de Aguas de Bilbao-Bizkaia, para que reintegre al reclamente la cantidad de 64,48 euros, abonados en su día en concepto de recargo, al no poder acreditar la notificación de la providencia