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  • Una ciudadana solicitó al Departamento de Cuidados y Políticas Sociales de la Diputación Foral de Gipuzkoa acceso a datos relativos a su bisabuelo, niño expósito acogido en una institución benéfica y nacido en el siglo XIX. Su primera petición, en 2023, fue denegada por no cumplir los requisitos previstos en la normativa sobre acceso a los orígenes biológicos. En una segunda solicitud, la interesada alegó un interés legítimo y se apoyó en un artículo de la derogada Ley de Atención y Protección a la Infancia. La administración volvió a denegar el acceso, esta vez mediante una comunicación sin forma de resolución ni indicación de recursos.

    A raíz de la queja recibida, el Ararteko solicitó información a la Diputación anticipando los argumentos expuestos en una resolución dictada en un caso análogo. La Diputación reiteró que no concurrían novedades normativas o fácticas que justificaran un nuevo pronunciamiento y mantuvo que la normativa sobre acceso a los orígenes biológicos seguía sin resultar aplicable. Añadió que la nueva Ley 2/2024, aunque aún no en vigor en la fecha de la solicitud, confirmaría que este derecho corresponde únicamente a las personas adoptadas, no a sus descendientes.

    En su resolución, el Ararteko considera que la solicitud debe analizarse conforme a un marco normativo distinto. Distingue entre el régimen de protección de datos y de acceso a los orígenes biológicos, por un lado, y el régimen general de acceso a documentos de valor histórico, por otro. Dado que la persona a la que se refiere la solicitud nació hace más de 140 años, puede presumirse su fallecimiento, y el valor histórico de los documentos conservados por la administración conduce a aplicar la normativa específica sobre patrimonio documental.

    En este sentido, se alude a la Ley 5/2022, de Gestión Documental Integral y Patrimonio Documental de Euskadi, que establece que los documentos de titularidad pública con más de cincuenta años de antigüedad forman parte del patrimonio documental y deben conservarse y ser accesibles según lo previsto en dicha norma.

    El derecho de acceso a esta documentación no exige acreditar un interés personal, no está condicionado a motivación alguna y solo puede restringirse en supuestos expresamente previstos, como la presencia de datos especialmente protegidos de personas fallecidas hace menos de 25 años o información clasificada, comercialmente sensible o que afecte a la intimidad.

    En suma, la resolución señala que, cuando la documentación fue generada hace más de 140 años y se conserva en poder de una administración pública, debe estar sometida al régimen de conservación, gestión y acceso previsto en la normativa archivística.

    Además, el Ararteko plantea que esta documentación, por su antigüedad, podría no corresponder ya al Departamento de Cuidados y Políticas Sociales, sino que debería haber sido transferida al archivo histórico competente, cuya gestión y custodia recaería en el Departamento de Cultura, de acuerdo con el ciclo de vida documental previsto en la normativa foral. En este sentido, sugiere valorar la intervención de la Comisión Foral de Evaluación y Selección de Documentación para determinar si procede su conservación permanente o su eliminación, en función de su valor histórico.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 20 de mayo de 2025

  • El 7 de mayo, dos técnicas de infancia e igualdad del Ararteko acudieron al colegio La Salle de Irun para presentar el estudio del Ararteko “Actitudes machistas entre la población adolescente y joven de Euskadi” a un grupo de alumnos y alumnas de bachillerato. La presencia del Ararteko en el colegio respondía a la solicitud recibida directamente de una parte del alumnado que, en el marco de un proyecto para reflexionar sobre respuestas a problemas que afectan a nuestra sociedad, habían transmitido al Ararteko su deseo de que la institución presentara su labor en materia de igualdad de las mujeres y hombres, con un enfoque de derechos humanos. 

    La charla del Ararteko se centró en compartir los principales hallazgos y recomendaciones del estudio en clave de defensa de la igualdad de mujeres y hombres y lucha contra la discriminación. En todo caso, la ocasión también sirvió para dar a conocer el trabajo de la institución del Ararteko entre la juventud y sensibilizar al alumnado sobre los derechos que tienen reconocidos como personas adolescentes y la importancia de su ejercicio. 

  • El Ararteko ha recomendado al Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de la Diputación Foral de Álava que elimine la obligatoriedad de utilizar un programa informático específico para confeccionar autoliquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados cuando la presentación se realiza de forma presencial. Esta recomendación parte de la queja de un ciudadano que, al no disponer de conocimientos informáticos ni recursos técnicos, no pudo completar el trámite sin asistencia suficiente por parte de la Administración.

    El Ararteko considera que imponer el uso exclusivo de una herramienta digital en trámites presenciales vulnera el derecho de las personas físicas a elegir el canal de relación con la administración. Además, advierte que una orden foral no puede restringir derechos sin una habilitación legal expresa, y que las administraciones deben justificar con criterios objetivos y verificables cualquier obligación de usar medios electrónicos.

    En el caso analizado, el ciudadano se vio forzado a instalar un programa informático en su propio ordenador o a utilizar un equipo público sin asistencia personalizada, lo que llevó al Ararteko a concluir que no se garantizaron condiciones de accesibilidad adecuadas. En la resolución invoca también el principio de buena administración y advierte sobre los efectos discriminatorios de la brecha digital, si no se ofrecen alternativas accesibles ni soporte suficiente.

    El Ararteko insiste en la necesidad de que las administraciones públicas coloquen a la ciudadanía en el centro de sus modelos de atención, asegurando tanto canales presenciales como digitales que respeten los principios de legalidad, accesibilidad, gratuidad y no discriminación. El Ararteko recuerda que muchas personas, especialmente mayores o con escasa formación digital, pueden verse excluidas si no se contemplan sus necesidades específicas.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 14 de mayo de 2025

  • El ararteko Manuel Lezertua, el defensor del pueblo de Navarra, el defensor del pueblo andaluz, la diputada del común de Canarias y la síndica de greuges de Catalunya han firmado un acuerdo...
  • El ararteko Manuel Lezertua ha comparecido a petición de la Comisión para exponer su análisis sobre las quejas u otras investigaciones de oficio del funcionamiento del Gobierno Vasco y del conjunto de las administraciones vascas en materia de vivienda en los años 2022, 2023 y 2024.

     

    INTERVENCIÓN DEL ARARTEKO

  • Por motivos de organización interna, el miércoles 7 de mayo de 2025, la oficina de Vitoria/Gasteiz permanecerá cerrada desde las 10:00 am y las oficinas de Bilbao y Donostia/San Sebastián permanecerán cerradas...
  • La comunidad de propietarios de un edificio en Getxo presentó una queja al Ararteko, en la que denunció la falta de impulso de un expediente incoado para restablecer la legalidad urbanística en un local habilitado como vivienda sin la correspondiente licencia.

    Tras analizar el caso, el Ararteko recomendó al Ayuntamiento de Getxo que agilizase la tramitación de ese procedimiento administrativo.

    En respuesta a esta recomendación la alcaldesa de Getxo ha remitido al Ararteko un informe elaborado por el técnico de Administración General del Área de Urbanismo, Infraestructuras, Edificios Municipales y Obras. En dicho informe se indica que, siguiendo la recomendación del Ararteko, se está impulsando de oficio y sin dilaciones injustificadas el procedimiento administrativo correspondiente al expediente para restablecer la legalidad urbanística del local en cuestión.

    A la vista de la respuesta positiva del Ayuntamiento de Getxo y la confirmación de que el procedimiento continúa de oficio con el fin de restablecer la legalidad urbanística, el Ararteko ha considerado aceptada su recomendación y, por tanto, concluye su intervención en este caso.

    Vitoria-Gasteiz, 11 de abril de 2025

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LA INSTITUCIÓN Y SU ORGANIZACIÓN

  • Atendemos a la ciudadanía cuando plantean quejas, demandas o consultas sobre actuaciones incorrectas o irregulares de la Administración.
  • Tramitamos las quejas siguiendo el siguiente procedimiento:
    1. solicitamos información a la administración implicada sobre su actuación;
    2. si consideramos que la que la actuación ha sido incorrecta, emitimos una recomendación solicitando que modifique esa actuación;
    3. publicamos las resoluciones en la página web.
  • Realizamos diagnósticos sobre las políticas públicas de las administraciones vascas. El objetivo es conseguir una mayor protección de los derechos de la ciudadanía, sobre todo de las personas más vulnerables o en situación o en riesgo de exclusión, discriminación o precariedad.

Para ello, elaboramos informes extraordinarios o monográficos y formulamos recomendaciones generales para que dichas políticas mejoren.

  • Hacemos visitas de inspección a centros donde se prestan servicios a la ciudadanía.
  • Mantenemos reuniones periódicas y relaciones con asociaciones y entidades (ONG) que trabajan en diferentes ámbitos de nuestra sociedad.
  • Participamos en diversos actos y foros. Nuestro propósito es que las políticas públicas y las actuaciones de las administraciones avancen y mejoren de forma constante, en la prestación de servicios de calidad, en garantizar el ejercicio de los derechos y de combatir y eliminar las desigualdades, la discriminación, la precariedad y la exclusión social.
  • Desarrollamos iniciativas para sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre el respeto a los derechos humanos.

Cada año, el Ararteko presenta al Parlamento Vasco su informe anual donde da cuenta de sus actuaciones y actividades.

¿Cuándo puedes acceder al Ararteko?

  • Cuando creas que una administración pública ha actuado de forma incorrecta, indebida o irregular o ha vulnerado la ley. Te aconsejamos haber presentado antes una reclamación ante esa administración. En todos los casos, abriríamos un expediente de queja y analizaríamos cómo ha actuado esa administración al respecto.
  • Cuando creas que algún derecho que te asiste ha sido vulnerado. No tiene porqué haber sido fruto de la actuación de una administración en concreto. En estos casos, procuraremos darte información y orientación.

¿Qué servicios ofrecemos?

  • Orientación en las consultas que presenta la ciudadanía.
  • Recepción y respuesta a todos los escritos de queja y peticiones que nos presente cualquier persona o entidad.
  • Tramitación de las quejas.

Todas las quejas admitidas a trámite tendrán resolución; sobre aquellas que no reúnan los requisitos damos información y orientación.

  • Información, atención y asistencia a las personas que se dirijan a la institución sobre materias de nuestra competencia.
  • Información, atención y orientación a las personas que se dirijan a la institución sobre materias fuera de nuestra competencia.
  • Apertura de actuaciones de oficio.
  • Elaboración del informe anual y de informes monográficos.
  • Seguimiento de las resoluciones emitidas por el Ararteko para comprobar que se cumplen.
  • Divulgación de resoluciones, actuaciones, investigaciones, estudios, materiales informativos y publicaciones, respetando la normativa sobre el derecho a la intimidad.
  • Formación y divulgación en materia de protección y defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas de las personas ante la Administración, y en especial, de los derechos que afectan a la infancia y adolescencia.
  • Promoción y apoyo a las buenas prácticas administrativas, para garantizar a la ciudadanía el derecho a una buena administración.
  • Colaboración y cooperación con otras instituciones y entidades públicas y privadas, en temas relacionadas con el cumplimiento de los fines asignados al Ararteko.
  • Consulta de las bases de datos y documentos a través del portal web del Ararteko.
  • Concesión de becas de investigación, mediante convocatoria pública, sobre temas de actualidad relacionados con los derechos humanos.
  • Fomento y dinamización de foros (presenciales y virtuales) de reflexión y participación ciudadana, sobre temas relacionados con los derechos de las personas. Con la participación de personas expertas, organizaciones sociales, sociedad civil y representantes de las administraciones.

La institución del Ararteko está formada por:

El equipo de Dirección lo componen:

  • El Ararteko
  • Adjunta al Ararteko
  • Secretario General
  • Directora de Relaciones Sociales, Estudios y Modernización
  • Directora de Gestión económico-presupuestaria y de personal y administración

En la Oficina de la Infancia y la Adolescencia trabajan:

  • Responsable de la oficina
  • 2 técnicas de área

En la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales trabajan:

  • Responsable de la oficina
  • 1 técnico de área

28 Áreas de trabajo

  • 11 técnicos/as responsables de áreas
  • 6 técnicos/as de área

Oficinas de atención ciudadana

  • 3 oficinas: Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia/San Sebastián
  • 1 persona responsable en cada oficina.

Servicios administrativos y técnicos

  • 23 personas
  • Atención telefónica, registro, auxilio administrativo a la gestión de los expedientes y las consultas, contabilidad, la gestión presupuestaria y de personal, traducción de documentos castellano/euskera, sistemas de información o informática, documentación, biblioteca, archivo, servicios de ujier, conducción de vehículo oficial, mantenimiento, asistencia administrativa al Ararteko, Adjunta, directores y directoras.

Personal del Ararteko

  • La Ley que regula el funcionamiento del Ararteko establece dos formas jurídicas (en base a la Ley Vasca de Función Pública) para cubrir los puestos de trabajo: Funcionariado de carrera y Personal eventual

Funcionariado de carrera

  • Acceso: 
    • Concurso-oposición convocado por el Parlamento Vasco

    • Personal adscrito al Ararteko que se rige por el Estatuto de personal de la administración del Parlamento

  • Tipo de puesto: Servicios administrativos y técnicos

  • Nº de puestos: 19

Personal eventual

  • Acceso: 
    • Designado por el Ararteko en base a criterios de mérito y capacidad

    • Provienen en su mayoría de la administración pública o la universidad

  • Tipo de puesto: Técnicos jurídicos y otros

  • Nº de puestos: 34

Realiza sus funciones con exclusividad.

  • Sus cargos no son compatibles con el desempeño de otros (excepto para algunas actividades docentes).
  • Pertenece al Régimen General de la Seguridad Social.
  • No tiene representación sindical propia ni personas liberadas sindicales.

La institución del Ararteko no tiene oferta pública de empleo propia.

  • Atendemos a la ciudadanía cuando plantean quejas, demandas o consultas sobre actuaciones incorrectas o irregulares de la Administración.
  • Tramitamos las quejas siguiendo el siguiente procedimiento:
    1. solicitamos información a la administración implicada sobre su actuación;
    2. si consideramos que la que la actuación ha sido incorrecta, emitimos una recomendación solicitando que modifique esa actuación;
    3. publicamos las resoluciones en la página web.
  • Realizamos diagnósticos sobre las políticas públicas de las administraciones vascas. El objetivo es conseguir una mayor protección de los derechos de la ciudadanía, sobre todo de las personas más vulnerables o en situación o en riesgo de exclusión, discriminación o precariedad.

Para ello, elaboramos informes extraordinarios o monográficos y formulamos recomendaciones generales para que dichas políticas mejoren.

  • Hacemos visitas de inspección a centros donde se prestan servicios a la ciudadanía.
  • Mantenemos reuniones periódicas y relaciones con asociaciones y entidades (ONG) que trabajan en diferentes ámbitos de nuestra sociedad.
  • Participamos en diversos actos y foros. Nuestro propósito es que las políticas públicas y las actuaciones de las administraciones avancen y mejoren de forma constante, en la prestación de servicios de calidad, en garantizar el ejercicio de los derechos y de combatir y eliminar las desigualdades, la discriminación, la precariedad y la exclusión social.
  • Desarrollamos iniciativas para sensibilizar y concienciar a la sociedad sobre el respeto a los derechos humanos.

Cada año, el Ararteko presenta al Parlamento Vasco su informe anual donde da cuenta de sus actuaciones y actividades.

¿Cuándo puedes acceder al Ararteko?

  • Cuando creas que una administración pública ha actuado de forma incorrecta, indebida o irregular o ha vulnerado la ley. Te aconsejamos haber presentado antes una reclamación ante esa administración. En todos los casos, abriríamos un expediente de queja y analizaríamos cómo ha actuado esa administración al respecto.
  • Cuando creas que algún derecho que te asiste ha sido vulnerado. No tiene porqué haber sido fruto de la actuación de una administración en concreto. En estos casos, procuraremos darte información y orientación.

¿Qué servicios ofrecemos?

  • Orientación en las consultas que presenta la ciudadanía.
  • Recepción y respuesta a todos los escritos de queja y peticiones que nos presente cualquier persona o entidad.
  • Tramitación de las quejas.

Todas las quejas admitidas a trámite tendrán resolución; sobre aquellas que no reúnan los requisitos damos información y orientación.

  • Información, atención y asistencia a las personas que se dirijan a la institución sobre materias de nuestra competencia.
  • Información, atención y orientación a las personas que se dirijan a la institución sobre materias fuera de nuestra competencia.
  • Apertura de actuaciones de oficio.
  • Elaboración del informe anual y de informes monográficos.
  • Seguimiento de las resoluciones emitidas por el Ararteko para comprobar que se cumplen.
  • Divulgación de resoluciones, actuaciones, investigaciones, estudios, materiales informativos y publicaciones, respetando la normativa sobre el derecho a la intimidad.
  • Formación y divulgación en materia de protección y defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas de las personas ante la Administración, y en especial, de los derechos que afectan a la infancia y adolescencia.
  • Promoción y apoyo a las buenas prácticas administrativas, para garantizar a la ciudadanía el derecho a una buena administración.
  • Colaboración y cooperación con otras instituciones y entidades públicas y privadas, en temas relacionadas con el cumplimiento de los fines asignados al Ararteko.
  • Consulta de las bases de datos y documentos a través del portal web del Ararteko.
  • Concesión de becas de investigación, mediante convocatoria pública, sobre temas de actualidad relacionados con los derechos humanos.
  • Fomento y dinamización de foros (presenciales y virtuales) de reflexión y participación ciudadana, sobre temas relacionados con los derechos de las personas. Con la participación de personas expertas, organizaciones sociales, sociedad civil y representantes de las administraciones.

La institución del Ararteko está formada por:

El equipo de Dirección lo componen:

  • El Ararteko
  • Adjunta al Ararteko
  • Secretario General
  • Directora de Relaciones Sociales, Estudios y Modernización
  • Directora de Gestión económico-presupuestaria y de personal y administración

En la Oficina de la Infancia y la Adolescencia trabajan:

  • Responsable de la oficina
  • 2 técnicas de área

En la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales trabajan:

  • Responsable de la oficina
  • 1 técnico de área

28 Áreas de trabajo

  • 11 técnicos/as responsables de áreas
  • 6 técnicos/as de área

Oficinas de atención ciudadana

  • 3 oficinas: Vitoria-Gasteiz, Bilbao y Donostia/San Sebastián
  • 1 persona responsable en cada oficina.

Servicios administrativos y técnicos

  • 23 personas
  • Atención telefónica, registro, auxilio administrativo a la gestión de los expedientes y las consultas, contabilidad, la gestión presupuestaria y de personal, traducción de documentos castellano/euskera, sistemas de información o informática, documentación, biblioteca, archivo, servicios de ujier, conducción de vehículo oficial, mantenimiento, asistencia administrativa al Ararteko, Adjunta, directores y directoras.

Personal del Ararteko

  • La Ley que regula el funcionamiento del Ararteko establece dos formas jurídicas (en base a la Ley Vasca de Función Pública) para cubrir los puestos de trabajo: Funcionariado de carrera y Personal eventual

Funcionariado de carrera

  • Acceso: 
    • Concurso-oposición convocado por el Parlamento Vasco

    • Personal adscrito al Ararteko que se rige por el Estatuto de personal de la administración del Parlamento

  • Tipo de puesto: Servicios administrativos y técnicos

  • Nº de puestos: 19

Personal eventual

  • Acceso: 
    • Designado por el Ararteko en base a criterios de mérito y capacidad

    • Provienen en su mayoría de la administración pública o la universidad

  • Tipo de puesto: Técnicos jurídicos y otros

  • Nº de puestos: 34

Realiza sus funciones con exclusividad.

  • Sus cargos no son compatibles con el desempeño de otros (excepto para algunas actividades docentes).
  • Pertenece al Régimen General de la Seguridad Social.
  • No tiene representación sindical propia ni personas liberadas sindicales.

La institución del Ararteko no tiene oferta pública de empleo propia.

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