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  • El Ararteko organizó el día 11 de septiembre en Bilbao un foro ciudadano en el que instituciones, personas expertas y ciudadanía abordaron los desafíos y oportunidades de la movilidad sostenible.

    La conclusión principal expuesta en esa jornada fue la necesidad de transformar las ciudades desde la perspectiva de la movilidad activa (peatonal y ciclista), el transporte público y la reducción de los vehículos motorizados.

    Principales conclusiones:

    La necesidad de un cambio de paradigma en la movilidad urbana. Las ciudades deben avanzar hacia un modelo centrado en la movilidad activa y el transporte público, reduciendo la dependencia del vehículo privado. Esta transformación es esencial para proteger la salud y el medio ambiente.

    La oportunidad de los Planes de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS). Aunque los PMUS han impulsado avances, aún enfrentan dificultades en la reducción significativa del tráfico motorizado. Es clave integrar estas políticas con otras áreas como la planificación urbana.

    La inaplazable implantación de las zonas de bajas emisiones (ZBE). La implementación de ZBE es una obligación legal que requiere actuar de manera urgente para mejorar la calidad del aire y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

    Urbanismo táctico: Existen pequeñas intervenciones urbanas, como la peatonalización temporal de calles, que también están ayudando a reducir el uso del vehículo privado y a fomentar espacios públicos más accesibles y sostenibles.

    El reconocimiento del derecho a la movilidad sostenible. La movilidad sostenible debe ser considerada un derecho, vinculado a la salud y al medio ambiente. Los marcos legislativos vascos y estatales están avanzando en esta dirección.

    La transparencia y el derecho a la participación ciudadana son una oportunidad para la aceptación de las medidas a tomar. Es fundamental que la ciudadanía participe de manera activa en la planificación de las políticas de movilidad. La inclusión de todos los colectivos, especialmente los más vulnerables, es clave para la aceptación y efectividad de estas medidas.

    La prioridad del peatón en el reparto del espacio público. Es necesario reordenar el uso del espacio público para dar prioridad a las personas que se desplazan a pie, mediante un plan estratégico que también contemple la inclusión de perspectivas de género, generación y de las personas con discapacidad.

    Fomento del transporte público. La mejora de la calidad, accesibilidad y eficiencia del transporte público es fundamental para reducir el uso del coche privado.

    Innovación y buenas prácticas. El foro presentó buenas prácticas y proyectos de ciencia ciudadana que visibilizan la importancia de mejorar la calidad del aire en zonas sensibles, como las áreas escolares.

    Impulso a la movilidad ciclista. Las asociaciones de ciclistas insisten en la necesidad de mejorar las infraestructuras ciclistas y asegurar una financiación adecuada. Proponen también la creación de manuales de diseño para carriles bici y una mayor coordinación entre áreas municipales para promover este medio de transporte.

    En definitiva, el foro ciudadano del Ararteko concluyó subrayando la urgencia de transformar las ciudades en espacios más inclusivos, accesibles y respetuosos con el medio ambiente. Para lograrlo, es necesario un esfuerzo conjunto entre las administraciones públicas y la ciudadanía, garantizando que las voces de todos los colectivos, especialmente los más vulnerables, sean escuchadas en la toma de decisiones sobre la movilidad urbana.

    CONCLUSIONES

    Vitoria-Gasteiz, 4 de octubre de 2024

     

  • El Ararteko ha llevado a cabo un estudio de investigación para comprender mejor las actitudes machistas entre la juventud de Euskadi y formular recomendaciones para la mejora de las políticas públicas. Este estudio se enmarca dentro de su labor de promoción e impulso del derecho a la igualdad por razón de sexo y de la defensa de los derechos de las mujeres que han sufrido violencia machista.

    Para recopilar la información en la que se basa este estudio, se han utilizado diversas fuentes, incluyendo el análisis bibliográfico y de estudios relevantes en la materia, cuestionarios dirigidos a personas jóvenes entre 14 y 29 años, grupos de discusión y un foro ciudadano organizado por el Ararteko con personas de diversas edades y perfiles. Las dimensiones en las que se ha sustentado el análisis han sido cinco: los estereotipos de género y la presión social; las relaciones de pareja y la sexualidad; la igualdad de mujeres y hombres y la discriminación sexista; la violencia machista contra las mujeres; y las políticas de igualdad y el feminismo.

    Los resultados obtenidos revelan que las personas jóvenes siguen lidiando con estereotipos de género, aunque son más conscientes de su existencia. Además, se constata la segregación por sexo en los itinerarios profesionales y laborales, y la percepción del deporte como un ámbito donde los estereotipos de género se presentan con más fuerza. También se observa un desequilibrio en el reparto de tareas domésticas y de cuidados, y una presión social más marcada hacia las chicas en lo relativo al atractivo físico.

    En cuanto a las relaciones de pareja, se destaca que actualmente éstas son más diversas y flexibles, aunque algunos mitos del amor romántico siguen presentes. La principal fuente de información sobre sexo para la juventud es internet, seguido de las amistades y el profesorado. Sin embargo, la ausencia de acompañantes pedagógicos facilita que internet ocupe un papel relevante en la educación afectivo-sexual, y la pornografía influye en sus relaciones sexuales.

    El estudio también revela que la mayoría de las personas jóvenes reconocen la violencia machista contra las mujeres como un problema social de primera magnitud, aunque las diferencias por sexo son significativas. Las claves resultantes del estudio para el diseño de iniciativas de sensibilización incluyen innovar en las metodologías, involucrar a los jóvenes en el diseño de programas, trabajar en red y de forma multidisciplinar, y promover el valor de la igualdad y el respeto a los derechos humanos.

    El Ararteko espera que este estudio resulte útil para abordar medidas útiles a corto, medio y largo plazo, en aras de contrarrestar las discriminaciones sexistas, las desigualdades y la violencia machista.

     

  • El 24 de septiembre de 2024, el Comité de Expertos de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa ha publicado el sexto informe de evaluación sobre la aplicación por parte de España de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias (ver resumen ejecutivo en español).

    El informe señala que, si bien el Estado español cuenta con un sistema legal avanzado de protección y fomento de las lenguas regionales y minoritarias, persisten desafíos significativos en los ámbitos de la justicia, la administración estatal, la prestación de servicios públicos y los intercambios transfronterizos, de competencia estatal. En estos ámbitos a menudo no se aplican plenamente las disposiciones de la Carta, particularmente en lo que se refiere a garantizar el derecho de la ciudadanía a utilizar sus lenguas regionales o minoritarias en los procedimientos judiciales, los servicios de atención sanitaria y la comunicación con las instituciones estatales.

    En lo que respecta a la situación del euskera en Euskadi (la evaluación dedica un espacio propio al euskera en Navarra), el informe destaca mejoras en la promoción y facilitación del uso del euskera en la vida pública y privada. No obstante, el Comité vuelve a subrayar la problemática sobre el uso del euskera en el sistema judicial, razón por lo que recomienda al Estado español que vele por que la legislación garantice que los tribunales lleven a cabo los procedimientos penales, civiles y administrativos en euskera a petición de una de las partes, y que tome medidas para garantizar que esto se cumpla en la práctica. En efecto, además de las consideraciones relativas a la legislación, el informe destaca la problemática del conocimiento del euskera entre el personal de la administración de justicia, ya que, si bien el 45% del personal contratado por la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE) tiene buen conocimiento del euskera, solamente el 7% de las y los jueces y el 2,5% del personal de la fiscalía tienen el nivel necesario. Lo mismo sucede con el personal funcionarial del Estado en Euskadi, por lo que el Comité recomienda al Estado español para que tome medidas para que las personas hablantes de euskera puedan relacionarse con las dependencias locales de la Administración del Estado.

    Además, el Comité se dirige a las autoridades vascas cuando recomienda la adopción de medidas para garantizar el uso del euskera en los centros sociosanitarios (bajo el artículo 10.2.a de la Carta), al identificar que algunos servicios públicos siguen prestándose con dificultas en euskera, en particular la policía y el servicio vasco de salud.

    El Ararteko ha participado en este proceso de evaluación, al acudir, a invitación del Comité de Expertos, a la reunión que se celebró en enero de 2024, en Pamplona, para discutir, junto con el Ararteko de Navarra, las últimas novedades en materia de protección del euskera a la luz del trabajo que realizan ambas defensorías. En ese sentido, el informe del Consejo de Europa coincide con el Ararteko al destacar ámbitos de desprotección del euskera que éste había trasladado al Comité de Expertos, como son la justicia o la Administración del Estado en la CAE, preocupación que el Ararteko ha podido trasladar en persona durante este año a las personas responsables de justicia y de la Administración del Estado.
     

  • El Ararteko recomienda al Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno Vasco una actuación administrativa que garantice la debida seguridad jurídica en el procedimiento de adjudicación directa de viviendas de protección...
  • Esta recomendación surge tras la queja de ciudadano que trabaja en un aeropuerto vasco, a quien se limitó el acceso a su lugar de trabajo en la zona restringida de seguridad (ZRS) debido a la existencia de antecedentes policiales, a pesar de que las causas judiciales relacionadas con los antecedentes fueron anteriormente sobreseídas provisionalmente por los órganos judiciales. 

    El ciudadano solicitó la rectificación de sus datos personales para que reflejaran su situación actual y le permitieran el acceso a la ZRS, ya que la imposibilidad de acceder a esta zona podría tener consecuencias en su desempeño laboral.

    A pesar de contar con un certificado que indicaba la ausencia de antecedentes penales, la Viceconsejería de Seguridad del Gobierno Vasco desestimó parcialmente su solicitud basando la decisión en la normativa reguladora del tratamiento de datos con fines penales y en que, aunque las causas judiciales estaban provisionalmente sobreseídas, los antecedentes podían ser reabiertos en el futuro, y, por tanto, debían conservarse.

    El Ararteko diferencia en la resolución la conservación de anotaciones en bases de datos policiales y su utilización para adoptar medidas restrictivas de derechos constitucionales como la libre circulación.

    Argumenta que el sobreseimiento provisional implica la ausencia de pruebas suficientes para acusar y, mientras no se reabra el caso, el reclamante debe ser considerado plenamente titular de todos sus derechos. De este modo, cuestiona el rechazo de idoneidad emitido por el Departamento para acceder a la ZRS, sugiriendo que la administración debe ponderar los derechos fundamentales del reclamante, como el derecho al trabajo y la libre circulación por el territorio, en relación con la seguridad pública.

    En resumen, el Ararteko recomienda a la administración que reevalúe la idoneidad del promotor de la queja para acceder a la ZRS, teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad, ponderando si la conducta individual de la persona representa actualmente una amenaza real y suficientemente grave para el orden público o para la seguridad pública que justifique tal restricción de derechos.

    RECOMENDACIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 20 de septiembre de 2024

  • Una persona presentó una queja ante el Ararteko mostrando su disconformidad con la falta de atención telefónica y presencial en la delegación territorial de Araba del Departamento de Educación del Gobierno Vasco. La reclamante explicó que intentó mantener contacto con la administración por vía telefónica, pero, ante la falta de respuesta, decidió comunicarse con la delegación territorial a través del correo electrónico. Posteriormente, ante su desacuerdo con la contestación por correo electrónico del Departamento, solicitó mantener una reunión presencial con el servicio competente pero no obtuvo respuesta a su petición.

    El Ararteko solicitó la colaboración del Departamento de Educación para conocer su modelo de atención ciudadana y el motivo por el cual no se facilitaba una reunión a la persona reclamante para atender su problemática particular. El Departamento indicó en su respuesta que, en síntesis, la delegación territorial únicamente atiende al personal empleado público porque no tiene atribuida la atención a la ciudadanía, dado que esa función corresponde a la Dirección de Atención Ciudadana del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno (Zuzenean).

    En su resolución el Ararteko destaca la necesidad de desarrollar una normativa específica sobre atención ciudadana en el ámbito educativo dado que la normativa en vigor se aplica supletoriamente al Departamento. Por ello, recomienda que el Departamento de Educación que regule su modelo de atención ciudadana y, mientras tanto, aclare y detalle el funcionamiento de los canales y servicios de información a la ciudadanía. Además, el Ararteko insta al departamento a que mejore la coordinación con Zuzenean con el fin de asegurar una atención integral y eficiente que facilite a la ciudadanía el ejercicio de derechos y el cumplimiento de obligaciones.

    RESOLUCIÓN


    Vitoria-Gasteiz, 16 de septiembre de 2024
     

  • Un ciudadano, inquilino de una vivienda asimilada a la de protección pública en régimen de arrendamiento, solicitó la intervención del Ararteko con motivo de su desacuerdo con la decisión de la sociedad pública Alokabide de no reembolsar una factura por el servicio técnico contratado para el diagnóstico de una vitrocerámica averiada.

    En abril de 2023, el reclamante en conocimiento de la sociedad pública que la vitrocerámica sufrió una avería y señaló que se trataba de un electrodoméstico ya antiguo.

    En respuesta, el personal de Alokabide le informó de que debía contactar con el servicio técnico oficial para valorar el caso y llevar a cabo la reparación correspondiente. Días más tarde el promotor de la queja le, mediante correo electrónico, la valoración realizada por el servicio técnico y la factura simplificada, un total de 66,55 euros.

    Alokabide decidió no reparar la vitrocerámica y el reclamante envió un nuevo solicitando la devolución del importe que tuvo que abonar por la intervención del personal técnico, insistiendo en que la avería no le resultaba imputable dado que no había quedado acreditado que se hubiera hecho un mal uso de la vitrocerámica. Consecuentemente, consideraba que tampoco tendría que hacer frente a los gastos por la contratación del personal técnico que acudió a la vivienda para comprobar la entidad de la avería.

    El Ararteko solicitó la colaboración del Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco y le trasladó una serie de consideraciones. 

    Esta Defensoría considera que si la persona arrendataria tiene la obligación de devolver la vivienda al concluir el contrato tal como la recibió, es justo que la parte arrendadora deba realizar durante la vigencia del contrato aquellas reparaciones que resulten necesarias para conservar la vivienda en unas condiciones óptimas. Es decir, el principio de conservación de la vivienda arrendada no sólo se extiende a las obras, sino también a las reparaciones necesarias y al servicio técnico prestado.

    Además, en este caso, no se ha acreditado un uso inadecuado de la vitrocerámica. Teniendo en cuenta que se trata de un electrodoméstico antiguo, la avería parece ser consecuencia del uso prolongado y del propio ciclo de vida del aparato.

    El Departamento de Vivienda ha resuelto finalmente reembolsar la devolución de la cantidad abonada por el reclamante.

    RESOLUCIÓN

    Vitoria-Gasteiz, 12 de septiembre de 2024
     

  • El Ararteko quiere expresar su firme condena por el crimen de violencia machista perpetrado esta madrugada en Bilbao contra una mujer por su pareja. Una mujer más ha perdido hoy la vida en Euskadi a causa de la violencia machista y ello conmueve profundamente a toda la sociedad vasca. El Ararteko comparte la tristeza e indignación que la injusta pérdida de la vida de esta mujer genera, y llama a reforzar más que nunca el valor de la igualdad y la lucha contra el machismo.  

    Como institución de defensa de los derechos de las personas en Euskadi, el Ararteko quiere expresar su solidaridad y su voluntad de acompañamiento en el profundo dolor que estará sintiendo en este momento la familia y las personas allegadas a esta mujer, así como sus condolencias más sinceras por este execrable crimen.

    El Ararteko confía en que las investigaciones policiales y judiciales que se emprendan a partir de ahora clarifiquen los hechos y depuren toda la responsabilidad que de los mismos pueda derivarse, al tiempo que hace un llamamiento a toda nuestra sociedad e instituciones para estar alerta frente al machismo y frente a todas sus formas de expresión, proclamando con firmeza y convicción la imperiosa urgencia de lograr que los valores de la igualdad, dignidad y los derechos plenos de todas las mujeres, sean la base obligada sobre la que construyamos todas nuestras relaciones humanas.

    La adjunta al Ararteko Inés Ibáñez de Maeztu ha acudido a la concentración de condena convocada para hoy en el Ayuntamiento de Bilbao.


    Vitoria-Gasteiz, 12 de septiembre de 2023

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OFICINA DE ASUNTOS EUROPEOS E INTERNACIONALES

Organismos internacionales de los que somos parte

La función del Ararteko no consiste sólo en salvaguardar los derechos de la ciudadanía frente a las actuaciones incorrectas de las administraciones públicas, además de evaluar las políticas públicas que habitualmente se esconden tras dichas actuaciones incorrectas. Es también tarea del Ararteko conocer y dar a conocer los derechos humanos y los valores que los fundamentan en su máxima expresión, e impulsar una cultura de respeto de los mismos, promoviendo así su pleno disfrute por todas las personas, y su respeto y defensa por las autoridades públicas. Para poner en perspectiva y avanzar en la defensa de los derechos humanos en el País Vasco, resulta esencial mirar al exterior y realizar un estrecho seguimiento de las novedades normativas y jurisprudenciales, así como de las buenas prácticas de organismos nacionales e internacionales que comparten con el Ararteko la tarea fundamental de defender y promover los derechos humanos.

En ese contexto y con la finalidad de integrar la dimensión europea e internacional en el trabajo del Ararteko, se creó en 2018 la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales. Esta Oficina tiene tres funciones fundamentales:

  1. Gestionar la participación del Ararteko en las redes internacionales de defensorías del pueblo. Actualmente, el Ararteko es miembro del Instituto Internacional del Ombudsman, de la Red Europea de Defensorías del Pueblo, de la Federación Iberoamericana del Ombudsman, de la Red Europea de Defensorías de la Infancia y de la Asociación Internacional de Comisionados Lingüísticos. A través de la participación en estas organizaciones, el Ararteko tiene la oportunidad de conocer el trabajo de otras defensorías del pueblo y de aprender de ellas. Además, el Ararteko también puede compartir sus propias experiencias, que resultarán útiles para el trabajo de otras defensorías.
  2. Incorporar el Derecho europeo e internacional de los derechos humanos al trabajo cotidiano de la institución, de manera que las resoluciones, recomendaciones generales e informes del Ararteko aprovechen y se nutran adecuadamente de las fuentes internacionales de los derechos humanos, para proporcionar así una mejor cobertura a los derechos de la ciudadanía.
  3. Dar a conocer y difundir las novedades de los derechos humanos a nivel internacional, y divulgar su conocimiento entre la ciudadanía del País Vasco y sus instituciones públicas.

Invitamos a la ciudadanía a explorar la página web de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales y a usarla como punto de acceso a la información sobre el Derecho internacional de los derechos humanos.

La actividad internacional del Ararteko

Tus derechos fundamentales más importantes están protegidos también por tratados y por instituciones internacionales. Es lo que llamamos “derechos humanos”. De esta manera, el respeto por los bienes y valores más esenciales de las personas pasa a ser un asunto de interés para toda la comunidad internacional, y no solamente para cada país o para cada gobierno del mundo dentro de sus fronteras. Los derechos básicos de todas las personas son los mismos, y existen mecanismos para comprobar que se respeten en todas partes.

Derechos humanos universales

Los derechos humanos protegen los derechos de todas las personas. Uno de sus principios básicos es el de no discriminación. No importan el sexo, la edad, el color de piel, la etnia, la nacionalidad, la lengua, la discapacidad, la enfermedad, la orientación sexual, la identidad de género, las características sexuales, la religión o ideología, la propiedad o la posición socioeconómica: a todo el mundo le corresponden los derechos humanos por igual.

Los primeros tratados de derechos humanos que se hicieron, en los años 50 y 60, partieron de este principio de no discriminación. Sus autores pensaron que ese principio sería suficiente para proteger a todas las personas por igual. Sin embargo, el paso de las décadas demostró que ciertos grupos de personas tienen más dificultades para acceder a sus derechos o para ejercitarlos. Por eso, se concluyeron más tarde otros tratados que ya no son universales, puesto que solo se dirigen a personas con determinadas características o en determinadas condiciones, y que tratan de dar a esas personas una protección adicional y facilitar su acceso a los derechos universales. 

Los derechos humanos de todas las personas

Los derechos humanos de grupos específicos

Nuestro Estado, como el resto de Estados miembros de la UE, ha suscrito una serie de tratados internacionales que reconocen y consagran los derechos humanos, desarrollando su contenido y estableciendo garantías para su defensa y efectivo cumplimiento. Comprometerse a cumplir con un tratado internacional de derechos humanos no significa que los derechos se respeten automáticamente o que se cumplan por sí solos. Todas las autoridades públicas de un país, incluido el nuestro, tienen que actuar de manera conforme con los derechos humanos. No deben impedir ni entorpecer ellas mismas su libre ejercicio, deben proteger a las personas que quieren ejercer sus derechos frente a otras que pretendan impedírselo, y deben tomar las medidas necesarias para que la realización y el ejercicio efectivo de esos derechos sea posible. Estos deberes obligan a todas las autoridades públicas: al poder legislativo, al ejecutivo y al judicial; a las autoridades estatales, autonómicas, forales y locales.

La internacionalización de los derechos humanos significa que el cumplimiento de los derechos no se deja en manos de cada país, confiando simplemente en que los protegerá dentro de sus fronteras de buena fe. Al contrario, se establecen instituciones y mecanismos que permiten a la comunidad internacional saber si cada país está cumpliendo o no con sus compromisos de derechos humanos, y que permiten a las personas denunciar los incumplimientos ante organismos internacionales.

Garantías de los derechos humanos a nivel global

Garantías de los derechos humanos en Europa

La función del Ararteko no consiste sólo en salvaguardar los derechos de la ciudadanía frente a las actuaciones incorrectas de las administraciones públicas, además de evaluar las políticas públicas que habitualmente se esconden tras dichas actuaciones incorrectas. Es también tarea del Ararteko conocer y dar a conocer los derechos humanos y los valores que los fundamentan en su máxima expresión, e impulsar una cultura de respeto de los mismos, promoviendo así su pleno disfrute por todas las personas, y su respeto y defensa por las autoridades públicas. Para poner en perspectiva y avanzar en la defensa de los derechos humanos en el País Vasco, resulta esencial mirar al exterior y realizar un estrecho seguimiento de las novedades normativas y jurisprudenciales, así como de las buenas prácticas de organismos nacionales e internacionales que comparten con el Ararteko la tarea fundamental de defender y promover los derechos humanos.

En ese contexto y con la finalidad de integrar la dimensión europea e internacional en el trabajo del Ararteko, se creó en 2018 la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales. Esta Oficina tiene tres funciones fundamentales:

  1. Gestionar la participación del Ararteko en las redes internacionales de defensorías del pueblo. Actualmente, el Ararteko es miembro del Instituto Internacional del Ombudsman, de la Red Europea de Defensorías del Pueblo, de la Federación Iberoamericana del Ombudsman, de la Red Europea de Defensorías de la Infancia y de la Asociación Internacional de Comisionados Lingüísticos. A través de la participación en estas organizaciones, el Ararteko tiene la oportunidad de conocer el trabajo de otras defensorías del pueblo y de aprender de ellas. Además, el Ararteko también puede compartir sus propias experiencias, que resultarán útiles para el trabajo de otras defensorías.
  2. Incorporar el Derecho europeo e internacional de los derechos humanos al trabajo cotidiano de la institución, de manera que las resoluciones, recomendaciones generales e informes del Ararteko aprovechen y se nutran adecuadamente de las fuentes internacionales de los derechos humanos, para proporcionar así una mejor cobertura a los derechos de la ciudadanía.
  3. Dar a conocer y difundir las novedades de los derechos humanos a nivel internacional, y divulgar su conocimiento entre la ciudadanía del País Vasco y sus instituciones públicas.

Invitamos a la ciudadanía a explorar la página web de la Oficina de Asuntos Europeos e Internacionales y a usarla como punto de acceso a la información sobre el Derecho internacional de los derechos humanos.

La actividad internacional del Ararteko

Tus derechos fundamentales más importantes están protegidos también por tratados y por instituciones internacionales. Es lo que llamamos “derechos humanos”. De esta manera, el respeto por los bienes y valores más esenciales de las personas pasa a ser un asunto de interés para toda la comunidad internacional, y no solamente para cada país o para cada gobierno del mundo dentro de sus fronteras. Los derechos básicos de todas las personas son los mismos, y existen mecanismos para comprobar que se respeten en todas partes.

Derechos humanos universales

Los derechos humanos protegen los derechos de todas las personas. Uno de sus principios básicos es el de no discriminación. No importan el sexo, la edad, el color de piel, la etnia, la nacionalidad, la lengua, la discapacidad, la enfermedad, la orientación sexual, la identidad de género, las características sexuales, la religión o ideología, la propiedad o la posición socioeconómica: a todo el mundo le corresponden los derechos humanos por igual.

Los primeros tratados de derechos humanos que se hicieron, en los años 50 y 60, partieron de este principio de no discriminación. Sus autores pensaron que ese principio sería suficiente para proteger a todas las personas por igual. Sin embargo, el paso de las décadas demostró que ciertos grupos de personas tienen más dificultades para acceder a sus derechos o para ejercitarlos. Por eso, se concluyeron más tarde otros tratados que ya no son universales, puesto que solo se dirigen a personas con determinadas características o en determinadas condiciones, y que tratan de dar a esas personas una protección adicional y facilitar su acceso a los derechos universales. 

Los derechos humanos de todas las personas

Los derechos humanos de grupos específicos

Nuestro Estado, como el resto de Estados miembros de la UE, ha suscrito una serie de tratados internacionales que reconocen y consagran los derechos humanos, desarrollando su contenido y estableciendo garantías para su defensa y efectivo cumplimiento. Comprometerse a cumplir con un tratado internacional de derechos humanos no significa que los derechos se respeten automáticamente o que se cumplan por sí solos. Todas las autoridades públicas de un país, incluido el nuestro, tienen que actuar de manera conforme con los derechos humanos. No deben impedir ni entorpecer ellas mismas su libre ejercicio, deben proteger a las personas que quieren ejercer sus derechos frente a otras que pretendan impedírselo, y deben tomar las medidas necesarias para que la realización y el ejercicio efectivo de esos derechos sea posible. Estos deberes obligan a todas las autoridades públicas: al poder legislativo, al ejecutivo y al judicial; a las autoridades estatales, autonómicas, forales y locales.

La internacionalización de los derechos humanos significa que el cumplimiento de los derechos no se deja en manos de cada país, confiando simplemente en que los protegerá dentro de sus fronteras de buena fe. Al contrario, se establecen instituciones y mecanismos que permiten a la comunidad internacional saber si cada país está cumpliendo o no con sus compromisos de derechos humanos, y que permiten a las personas denunciar los incumplimientos ante organismos internacionales.

Garantías de los derechos humanos a nivel global

Garantías de los derechos humanos en Europa

Blog

En Europa, cada vez más personas LGTBI se sienten libres para manifestar abiertamente quiénes son. Al mismo tiempo, se enfrentan, sin embargo, a cada vez más violencia, acoso e intimidación, en especial las personas LGTBI más jóvenes. Esta es la principal conclusión del informe “La igualdad de las personas LGTBIQ ante una encrucijada: avances y retos” publicado (en inglés), el 14 de mayo de 2024, por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA).

El informe recoge las experiencias, las opiniones y los retos a los que se enfrentan las personas LGTBI en Europa, sobre la base de las respuestas obtenidas de la encuesta, en la que han participado más de 100.000 personas LGTBI de los 27 países miembros de la Unión Europea, Albania, Macedonia del Norte y Serbia. El estudio también destaca los cambios que se han producido desde las anteriores encuestas de la FRA en 2019 y 2012.     

En Europa, los avances en materia de garantía y protección de los derechos de las personas LGTBI parecen ser lentos pero graduales. Más de la mitad de las personas LGTBI manifiesta abiertamente su orientación sexual, identidad de género y características sexuales. No obstante, la mayoría de ellas sigue evitando ir de la mano con su pareja en público por miedo a ataques. Aunque la discriminación contra las personas LGTBI sigue siendo invisible (el fenómeno de la infradenuncia persiste) y elevada, los datos muestran un descenso paulatino. Sin embargo, la violencia, el acoso y la intimidación han alcanzado niveles más elevados que en anteriores encuestas. En lo que respecta el apoyo institucional, solo una de cada cuatro personas considera que sus gobiernos combaten los prejuicios y la intolerancia contra las personas LGTBI, lo que supone un descenso en comparación con las cifras del 2019. En todo caso, destaca la percepción positiva respecto a los centros educativos, cuando las personas LGTBI jóvenes afirman sentirse más apoyadas por el profesorado y el alumnado, además de destacar que las escuelas tratan las cuestiones LGTBI de forma más positiva y proactiva.

El informe también subraya que las experiencias de las personas LGBTI varían de forma significativa entre los países de la UE, y que cada grupo se enfrenta a retos diferentes. Así, las personas intersexuales, trans, no binarias y con diversidad de género sufren más acoso y violencia. Es más probable que sufran problemas de salud mental y tengan pensamientos suicidas. También tienen más probabilidades de quedarse sin hogar y de tener dificultades para acceder a la atención médica. Lo mismo ocurre con las personas LGBTI con discapacidad, con dificultades económicas o miembros de grupos étnicos o raciales u otros grupos minoritarios. 

Las respuestas obtenidas en España muestran gran coincidencia con respecto a la media del conjunto de la UE, si bien destacan diferencias relativas a algunas cuestiones. Por un lado, se distingue, de forma positiva, una mayor apertura entre las personas LGTBI para manifestar abiertamente su orientación e identidad sexual, y un menor porcentaje de personas que evitan ir de la mano con su pareja en público. En la vertiente negativa, destaca, de forma relevante, una mayor percepción de que la violencia, los prejuicios y la intolerancia contra las personas LGTBI han aumentado en los últimos años. Si bien sobresale la sensación de que las autoridades públicas combaten los prejuicios y la intolerancia con eficacia, una cifra que dobla la media europea (con un 58%). En el ámbito educativo, parece haber un mayor número de estudiantes que esconden su identidad LGTBI en el aula, en comparación con el resto de la UE, al tiempo que se siente, levemente, un mayor apoyo y protección en la escuela de sus derechos como personas LGTBI. En todo caso, hasta un 66% de las personas LGTBI encuestadas asegura que en su centro educativo nunca se ha hablado de temas relacionados con las personas LGTBI.

En este contexto, la FRA hace un llamamiento a los Gobiernos para actuar en los siguientes términos:

  • Discriminación: abordar la discriminación en todos los ámbitos mediante la transposición de la Directiva de la UE sobre igualdad de trato y las Directivas sobre normas de los organismos de igualdad (ver la última nota del Ararteko sobre estas directivas). Capacitar y dotar de recursos adecuados a los organismos de igualdad para que puedan apoyar mejor a las víctimas.
  • Educación: hacer que las escuelas sean entornos de aprendizaje seguros y favorables para todas las niñas, niños y adolescentes. Abordar el acoso escolar y garantizar que los planes de estudio y los sistemas educativos se basen en las mejores prácticas promovidas por la UE.
  • Sanidad: garantizar el acceso a una asistencia sanitaria de calidad, incluido el apoyo a la salud mental. Acabar con las prácticas de "conversión" y las intervenciones médicas no vitales.
  • Odio en línea: hacer frente al odio en línea y a las campañas de desinformación contra las personas LGBTI. Abordar el riesgo de sesgo en los algoritmos y garantizar la responsabilidad de las plataformas digitales en virtud de la legislación de la UE.
  • Delitos de odio: imponer una cultura de tolerancia cero frente a la violencia y el acoso contra las personas LGBTI. Invertir en formación policial para garantizar que identifiquen, registren e investiguen adecuadamente los delitos motivados por el odio hacia las personas LGBTI, de modo que las víctimas se sienten seguras para denunciar las agresiones y reciban un trato justo. En los procesos penales, considerar los prejuicios como factores agravantes del delito.

El 7 y 14 de mayo de 2024, el Consejo de la Unión Europea adoptó dos Directivas que establecen estándares mínimos y vinculantes que los organismos para la promoción de la igualdad de trato deben cumplir, para prevenir la discriminación, promover la igualdad, asistir a las víctimas de discriminación y restablecer la justicia:

El impulso de la UE a favor de la creación de los organismos de igualdad se remonta a la primera década de los 2000, cuando la legislación de la UE introdujo la obligación de designar organismos de promoción de la igualdad. Así, de la mano de las Directivas de la UE sobre igualdad racial (Directivas 2000/43/CE y 2004/113/CE) e igualdad de mujeres y hombres (Directivas 2006/54/CE y 2010/41/UE), todos los países de la UE cuentan con organismos de igualdad. En Euskadi, Emakunde promueve, como organismo autónomo vinculado al Gobierno Vasco que nació con anterioridad a esas directivas europeas, la igualdad de mujeres y hombres.   

No obstante, dichas Directivas se limitaban a prever la creación de organismos de igualdad y a atribuirles funciones mínimas, y dejaron un amplio margen de discrecionalidad a los Estados para definir su estructura y su funcionamiento. Como resultado, en los Estados de la UE existen diferencias significativas en lo que respecta a la independencia, las competencias y los recursos asignados a dichos organismos, lo que, a su vez, conlleva un sistema de protección contra la discriminación asimétrica, con grandes diferencias de un Estado a otro.

Por ello, con la mirada puesta en reforzar el sistema de la promoción de la igualdad en la UE, las Directivas recién aprobadas tienen por objeto establecer requisitos mínimos para el funcionamiento de los organismos para la promoción de la igualdad de trato, que mejoren su eficacia y garanticen su independencia, con el fin de reforzar la aplicación del principio de igualdad de trato. Cabe destacar la mención que hacen las Directivas a la Recomendación núm. 2 de Política General de 2017 del Comité contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa (ECRI) y a los Principios de Paris de 1993 de Naciones Unidas, como estándares inspiradores para la elaboración de los criterios vinculantes.

Del examen de los estándares vinculantes de las Directivas, cabe destacar, especialmente los siguientes aspectos:

  • Independencia y posición institucional: El organismo debe ser independiente y libre de influencia externa, sin solicitar ni aceptar instrucciones del Gobierno, y debe contar con una estructura interna propia (artículo 3.1). Los organismos pueden formar parte de otro organismo con mandato múltiple —como las defensorías y las Instituciones nacionales de derechos humanos—, que tendrán que garantizar el ejercicio efectivo del mandato en materia de igualdad (artículo 3.4).
  • Recursos suficientes: Los Estados deberán proporcionar a los organismos los recursos humanos, técnicos y financieros necesarios para ejercer eficazmente todas sus competencias (artículo 4).
  • Ámbito material: si bien no hay un artículo específico que aclare el ámbito material de actuación de los organismos, sí que se menciona que sus acciones se extenderán a las entidades públicas y privadas (artículo 5.2)
  • Sensibilización, prevención y promoción: los organismos deben tener la facultad de prevenir más eficazmente la discriminación y promover la igualdad, incluyendo la promoción, entre las entidades públicas y privadas, de acciones positivas y la incorporación de la igualdad como principio transversal (artículos 5 y 6).
  • Multiplicidad de herramientas: se faculta a los organismos para llevar a cabo investigaciones sobre posibles casos de discriminación (artículos 8.2 y 8.3); emitir decisiones vinculantes o no vinculantes (artículo 9); actuar en procesos judiciales civiles y contencioso-administrativos, así como el derecho a presentar observaciones en procedimientos judiciales, al incoar el proceso a instancia de las víctimas o de oficio (artículo 10, en alusión a la sentencia del TJUE C-54/07); y aplicar métodos de resolución alternativa de litigios, como la mediación y la conciliación (artículo 7).
  • Consulta previa en el proceso de elaboración de leyes y políticas: se establecerán procedimientos para garantizar que los Gobiernos y las autoridades públicas consulten a los organismos de igualdad sobre legislación, políticas y programas relacionados con los derechos y obligaciones derivadas de las Directivas de igualdad (artículo 15).

A partir de la entrada en vigor de las Directivas, los Estados tienen de fecha hasta el 19 de junio de 2026 para adoptar las medidas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para poner en vigor los estándares relativos a los organismos de igualdad.

El Ararteko se suma al llamamiento de la European Ombudsman animando a la ciudadanía europea a participar en las próximas elecciones europeas, que en Euskadi tendrán lugar el día 9 de junio. 

La importancia de este llamamiento estriba en la clara tendencia a una baja participación en esas elecciones, que puede distorsionar la legitimidad de unas instituciones de la Unión Europea concebidas para la defensa de los valores de convivencia democrática, los derechos fundamentales de las personas y el Estado de Derecho en Europa. 

Las instituciones democráticas fuertes encuentran su legitimación última en la participación ciudadana. Por esa razón, el Ararteko anima en general a la participación ciudadana en todas las convocatorias electorales.

DECLARACIÓN DE LA RED ENO

Vitoria-Gasteiz, 3 de abril de 2024

Este año 2024, el Ararteko están colaborando con el programa de cooperación entre la Unión Europea y América Latina, llamado EUROsociAL- para la promoción de la cohesión social. La contribución del Ararteko se inscribe dentro del área de gobernanza democrática y de la línea de acción de acceso a la justicia del programa. A petición expresa de las autoridades chilenas, el Ararteko está acompañando al Ministerio de Justicia de Chile en el proceso de reforma de la justicia juvenil, singularmente, en la puesta en marchar del Sistema de Reinserción Social Juvenil.  

En concreto, este mes de marzo, el Ministerio ha iniciado un proceso de sensibilización y formación sobre justicia restaurativa y mediación, dirigida a los operadores del sector de justicia (fiscales, jueces, defensores públicos, servicio de reinserción juvenil) de la Macrozona Norte del país, para la derivación y gestión de posibles casos. El responsable del área de justicia del Ararteko acudirá a las conferencias regionales que se celebrarán los días 15, 18 y 20 de marzo en tres zonas del norte de Chile (Antofagasta, Copiapó y Coquimbo), para presentar, ante las autoridades locales, judiciales, operadores jurídicos y personal de reinserción juvenil y mediación, la experiencia del Ararteko en el desarrollo de los estándares y principios europeos e internacionales de la justicia restaurativa y compartir la experiencia de Euskadi en la implantación de un sistema de justicia juvenil restaurativo.

Asimismo, y para dar cierre a esta colaboración, el día 21 de marzo, el Ararteko participará en el Seminario Regional de Justicia Restaurativa para América Latina, que tendrá lugar en la capital del país, Santiago de Chile, y que estará abierto a participantes de toda América Latina. Durante el Seminario Regional, las máximas autoridades (está prevista la asistencia del ministro de Justicia de Chile y de una representación de la Delegación de la UE en Chile, entre otras) debatirán los avances logrados en la puesta en marcha de la justicia restaurativa en el Sistema de Reinserción Social Juvenil de Chile, como país líder en la región. El responsable del área de justicia del Ararteko, en nombre del Ararteko como institución experta en la materia, intervendrá para exponer la adecuación del proceso de reforma chileno a los estándares europeos e internacionales en la materia.

En definitiva, esta contribución del Ararteko a la iniciativa permite a la institución presentar, en la escena internacional, su línea estratégica para la puesta en marcha de prácticas restaurativas en la propia institución del Ararteko, así como compartir el impulso a favor de la justicia restaurativa, como un modelo complementario que dota de calidad al sistema formal de justicia, al atender a las necesidades de las víctimas, fomentar la responsabilización y reeducación de los menores infractores e implicar a toda la sociedad en dichos procesos. Además, dado que el sistema chileno no cuenta con una Defensoría del Pueblo, se ha pedido al Ararteko que acerque a las autoridades chilenas la figura de la institución Ombuds o Defensoría del Pueblo, como institución de gran importancia en la gobernanza democrática.

El 12 de febrero de 2024, la Defensora Europea comunicó al Ararteko su decisión de poner fin a al procedimiento de consulta que se había iniciado ante la Comisión Europea, en agosto de 2023, a petición del Ararteko, con motivo del cierre por las autoridades francesas del puente peatonal transfronterizo entre Irun y Hendaya (ver traducción al español del informe, al final de la noticia). 

Como esta institución informó en su momento, en julio de 2023, el Ararteko llevó a cabo una serie de actuaciones ante la Defensoría de los derechos de Francia y la Defensoría europea, encaminadas a instar a las autoridades francesas la reapertura del puente peatonal entre Irun y Hendaya, habida cuenta de las graves consecuencias que este cierre estaba teniendo para la población residente en los municipios fronterizos. Tras su decisión de admitir a trámite la consulta del Ararteko, la Defensoría Europea cursó una petición de información ante la Comisión Europea, como órgano responsable para supervisar aquellos cierres fronterizos que pudieran excepcionar las reglas ordinarias del Acuerdo de Schengen.

En su respuesta de 19 de septiembre de 2023, la Comisión explicó que corresponde a los Estados miembros decidir el alcance de los controles reintroducidos sobre la base de su experiencia y evaluación de riesgos, lo que puede implicar la restricción de determinados puntos fronterizos a lo largo de una frontera interior, y declaró que son los Estados miembros quienes están mejor situados para determinar la existencia de riesgos y las medidas necesarias para hacerles frente. No obstante, la Comisión concluyó que era consciente del impacto del cierre de fronteras en las regiones transfronterizas y que está ultimando, por ello, una modificación del Código de Fronteras Schengen, para que la decisión de reintroducir controles en las fronteras interiores evalúe también el impacto en las regiones transfronterizas.

El Ararteko comunicó a la Defensoría europea que su intervención y las explicaciones proporcionadas por la Comisión Europea respondían adecuadamente a su consulta y mostró su satisfacción porque, de hecho, se había reabierto el puente transfronterizo a finales de octubre de 2023 (es decir, tras la intervención llevada a cabo por la Ombudsman Europea ante la Comisión Europea). Teniendo en cuenta todos estos elementos, en febrero de 2024, la Defensora Europea decidió poner fin a su intervención y así lo ha comunicado al Ararteko.  

El Ararteko valora muy positivamente el proceso de consulta llevado a cabo ante la Defensora Europea, que motivó su intervención ante la Comisión Europea en este asunto, con el impacto práctico de la apertura del puente fronterizo en octubre de 2023.

 

El 25 de octubre de 2023, la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) publicó su segundo informe “Ser una persona negra en la UE”, que recoge las experiencias de las personas afrodescendientes en Europa. El primer informe de 2018 puso de manifiesto el racismo generalizado y arraigado que existe en Europa contra personas afrodescendientes, y este segundo informe de la FRA aporta nuevos datos para revelar las crecientes experiencias de discriminación y violencia que sufren las personas migrantes y descendientes de personas migrantes de ascendencia africana -África subsahariana- residentes en 13 países de la UE, incluyendo España.

El informe destaca que los 5 años que separan esta investigación desde la primera edición han estado marcados por el movimiento Black Lives Matter y la movilización mundial para hacer frente al racismo y promover la justicia racial. Además, se ha avanzado en el ámbito institucional con la adopción por la Comisión Europea de su primer plan de acción de la UE contra el racismo (2020-2025). No obstante, en palabras del director de la FRA, Michael O’Flaherty, “resulta sorprendente no ver ninguna mejora. Por el contrario, las personas afrodescendientes sufren cada vez más discriminación solo por el color de su piel.” Las principales conclusiones apuntan lo siguiente:

  • Discriminación racial - El 45% de las personas encuestadas dice haber experimentado discriminación racial en los últimos 5 años, lo que supone un claro incremento respecto al 39% del último estudio. Además, la discriminación sigue siguiendo invisible, con sólo el 9% de las víctimas que denuncian estos incidentes, y siendo muy pocas las denuncias ante un organismo de igualdad. En España, tan solo un 4% de las personas encuestadas habían denunciado o presentado una queja tras haber sufrido un incidente racista. Además, destaca el desconocimiento sobre los organismos de igualdad u organizaciones de apoyo especializada.
  • Acoso racista - El 30% de las personas afrodescendiente afirma haber sufrido acoso racista, y la mayoría de las víctimas de violencia racista sufren problemas psicológicos derivados del acoso y temen volver a ser agredidas. En este apartado, España destaca por estar entre los países con el porcentaje más bajo de personas preocupadas por la posibilidad de sufrir acoso o violencia racista en público.
  • Uso de perfiles raciales o étnicos por parte de la policía - Más de la mitad de los afrodescendientes creen que su última detención policial fue resultado del uso de perfiles raciales. España, después de Italia, es el país con las tasas más elevadas de caracterización racial por la policía. 
  • Empleo - Muchas personas afrodescendientes ocupan trabajos de baja cualificación, y una de cada tres tiene un contrato temporal y carece de seguridad laboral. España tiene las tasas más bajas de trabajo remunerado entre las personas afrodescendientes; destaca por la brecha salarial entre mujeres y hombres (25 puntos); y por ser el país con el mayor porcentaje de contratos temporales (45%). Además, España y Suecia destacan por los malos datos respecto al número de personas jóvenes (16-24 años) encuestadas que ni trabajan, ni estudian, ni reciben formación, que supone aproximadamente el doble respecto a la población general.  
  • El aumento de la inflación y del coste de la vida ha colocado a las personas afrodescendientes en una situación de mayor riesgo de pobreza que la población general. Un tercio tiene dificultades para llegar a fin de mes. En España, casi la mitad de las personas encuestadas tuvo (grandes) dificultades para llegar a fin de mes.

En el informe, la Agencia emite una serie de recomendaciones dirigidas a los países de la UE con el fin de contribuir a combatir el racismo y la discriminación de manera efectiva. Cabría destacar, entre todas ellas, las siguientes:

  • Aplicar adecuadamente la legislación contra la discriminación, así como sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias.
  • Identificar y registrar los delitos motivados por el odio, y considerar la motivación sesgada como circunstancia agravante a la hora de determinar las sanciones.
  • Recopilar datos sobre igualdad, incluidos los relativos al "origen étnico o racial", para evaluar la situación y supervisar los progresos realizados.
  • Garantizar que los organismos de igualdad cuentan con los mandatos y recursos necesarios para hacer frente a la discriminación y apoyar a las víctimas.
  • Adoptar medidas para prevenir y erradicar las prácticas y la cultura institucional discriminatoria en el ámbito policial, basándose en la guía de la FRA sobre la prevención de la elaboración de perfiles ilegales (2018).
  • Desarrollar políticas específicas para abordar el racismo y la discriminación racial en la educación, el empleo, la vivienda y la atención sanitaria.

Este año, el Ararteko ha publicado el estudio sobre “Discriminación y políticas públicas antidiscriminatoria en la CAE, con el propósito de llamar la atención sobre la necesidad de políticas públicas de lucha contra la discriminación y el racismo en Euskadi. El estudio del Ararteko coincide con el informe de la FRA, al destacar las dificultades en el acceso a una vivienda para colectivos que sufren discriminación y riesgo de segregación residencial. Asimismo, las recomendaciones de ambos estudios coinciden al insistir, entre otras cuestiones, en la conveniencia de dar prioridad a medidas de prevención, protección y reparación frente a conductas discriminatorias, de manera complementaria a la reclamación administrativa o a la denuncia ante órganos judiciales; en la necesidad de información, asesoramiento y acompañamiento de las personas susceptibles de sufrir discriminación y de las víctimas de incidentes discriminatorios o racistas; en la importancia de elaborar medidas específicas relativas a la identificación de las personas por la policía; y, finalmente, al llamar la atención sobre la exigencia de elaborar estudios diagnóstico para el diseño de políticas públicas y recopilación de datos desagregados sobre igualdad.

Documentos Internacionales

Personas intersexuales

Resolución del Parlamento Europeo, de 14 de febrero de 2019, sobre los derechos de las personas intersexuales

Directrice reconocimiento facial_0

Directrices del Consejo de Europa sobre tecnologías de reconocimiento facial (INGLÉS)

Igualdad retributiva

Decisión del Comité Europeo de Derechos Sociales en el caso 124-2016-Igualdad de retribución mujer-hombre (INGLÉS)

Guidance Note preventing and combating THB related to war in Ukraine

Recomendaciones para prevenir la trata de personas en el contexto de la guerra de Ucrania (inglés)

Enlaces de interés

Organismos

Imágenes