Resolución 2022R-1182-21 del Ararteko, de 14 de noviembre de 2022
Recomienda al servicio Durango Kirolak del Ayuntamiento de Durango que devuelva a la persona reclamante el importe abonado en concepto de reserva de pista de pádel.
Recomienda al servicio Durango Kirolak del Ayuntamiento de Durango que devuelva a la persona reclamante el importe abonado en concepto de reserva de pista de pádel.
Recomienda al Ayuntamiento de Durango que requiera al promotor de una actividad de bar para que certifique el cumplimiento de las medidas correctoras impuestas en la licencia de actividad.
Recomienda al Ayuntamiento de Amurrio no incorporar datos personales de denunciantes a las notificaciones de procedimientos administrativos
Sugiere al Ayuntamiento de Durango que revoque de oficio el recargo girado en el recibo del IBI del año 2021 al reclamante, porque, si bien la vivienda no tiene la condición de residencia habitual, se
recomienda al Ayuntamiento de Ribera Baja/Erribera Beitia que revise las tarifas de las actividades deportivas y culturales que programa, con el fin de eliminar la referencia al empadronamiento, como
recomienda al Ayuntamiento de Durango que proceda a devolver la cuota girada con recargo en concepto de curso correspondiente al mes de septiembre de 2017.
recomienda al Ayuntamiento de Orozko que resuelva de forma expresa y motivada la cuestión de la incoación del correspondiente expediente sancionador a resultas de las denuncias presentadas por infracc
recomienda al Ayuntamiento de Durango y al Organismo Autónomo Administrativo que gestiona la Escuela de Música Bartolomé Ertzilla que revisen las tarifas de esa escuela de música municipal, con el fin
sugiere al Ayuntamiento de Amurrio que establezca un procedimiento de inspección y control que sirva de manera eficaz y objetiva para la comprobación de los ruidos denunciados en edificios residencial
recomienda al Ayuntamiento de Orozko que deje sin efecto el acuerdo plenario de desafectación del uso y dominio público del camino de acceso a la fuente de Goindegi.