Cuando las familias vascas no pueden soñar

El combate contra el ruido invasor exige la actividad positiva ineludible de las administraciones municipales, que deben garantizar un control ambiental real

En Euskadi hay personas que tienen problemas para poder soñar. El sueño reparador es liberador y permite evacuar múltiples tensiones de la vida cotidiana y encarar el nuevo día. Resulta esencial para mantener una adecuada salud mental y física. La dificultad para conciliar el sueño depende de múltiples causas. Una de ellas es, sin duda, la contaminación acústica que invade el interior de los hogares e impide el descanso de sus habitantes.

Según los datos del Eustat, el 20% de las familias vascas soportan estos ruidos. Una de cada cinco padece los efectos de la contaminación acústica generada por sus propios vecinos (9,4%), el tráfico (8,3%), los ruidos de origen mecánico (5,9%), las actividades comerciales y de ocio (4,4%) o el ruido de reuniones informales urbanas (3,1%).

Dentro de la frialdad de estos datos estadísticos se esconden auténticos dramas personales. En mi labor de Ararteko me ha sido dado conocer casos de profundo sufrimiento causado por ruido excesivo. Casos que me han impresionado, como los que reflejan estas estadísticas.

Existen demasiadas familias vascas afectadas por el ruido que transmiten bares y restaurantes, que maldicen el fin de semana y anhelan el lunes para poder recuperar el sueño perdido. Niños y niñas que se despiertan de madrugada por las algazaras y risotadas provenientes de la calle. Personas que ejercen profesiones que requieren un especial descanso, como conductoras, cirujanas o docentes, que pasan la noche en vela por el bullicio de las fiestas locales. Personas mayores, enfermas o mujeres embarazadas que temen necesitar una asistencia sanitaria urgente que podría ser imposible de prestar por las dificultades de los profesionales para abrirse paso en un día festivo o en su víspera. Ciudadanos y ciudadanas que temen el comienzo intempestivo de los servicios de limpieza, el comienzo del paso de los trenes o el ruido atronador de algunas actividades industriales.

La desesperanza de estas personas es fuente constante de reclamaciones y de quejas que han dado lugar a innumerables actuaciones del Ararteko en las que esta institución recuerda a las administraciones públicas vascas sus obligaciones ante el ruido que afecta a los domicilios de las personas.

Recientemente he recibido a un grupo de personas organizadas en torno a un objetivo común: Dormir 7 horas. La Plataforma 7 Ordu Lo ha concertado a varias asociaciones vecinales de Bilbao, Barakaldo, Donostia/San Sebastián, Durango y Vitoria-Gasteiz para reclamar el cumplimiento de la normativa que regula la contaminación acústica, el control de los horarios de cierre de las actividades de ocio y la limitación de los denominados botellones.

Escuchando a estas personas he revivido mi labor profesional en el Consejo de Europa. He rememorado el camino que abrió el Tribunal Europeo de Derechos Humanos con su célebre sentencia en el caso López Ostra, cuando allá por el año 1994 se pronunció con firmeza sobre la protección del derecho fundamental a un domicilio libre de ruido externo con fundamento en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La tutela judicial contra el ruido continuó con sentencias como las del caso Moreno Gómez en el 2002, el caso Martínez Martínez en el 2011 o el caso Cuenca Zarzoso en el año 2018. En esa última sentencia el Tribunal de Estrasburgo reconoció el derecho de un ciudadano a no padecer en su domicilio el ruido ambiente proveniente de la plaza de una zona de bares.

En esas sentencias la Corte Europea declaró que las normas destinadas a proteger los derechos de las personas tienen poco sentido si no se hacen cumplir debidamente. Por ello, esta jurisprudencia europea impone a los poderes públicos la obligación de proteger los derechos humanos de manera efectiva y no de manera retórica o ilusoria. En definitiva, una obligación de resultado.

Mediante la aplicación de la legislación medioambiental vigente, el control municipal sobre ruido va avanzando. A pesar de ello, este Ararteko continúa siendo testigo de batallas ciudadanas contra el ruido inconsiderado que causa tanto padecimiento a muchas personas. Reivindicando el inviolable derecho al descanso que corresponde a todas las personas en sus hogares.

Empieza la andadura de las corporaciones municipales vascas resultantes de las elecciones locales de mayo pasado. El combate contra el ruido invasor requiere, ineludiblemente, una actividad positiva de las administraciones municipales que deben de dotarse de los medios personales y materiales para garantizar un control ambiental eficaz y real. Al mismo tiempo, el ruido que genera el ocio nocturno exige un cambio de paradigma. La ciudadanía que se divierte debe tomar conciencia de que algunas actitudes incívicas generan severos problemas a sus vecinos que desean y deben descansar. Los esfuerzos municipales para implantar herramientas informativas del ruido ambiente pueden también ayudar a cambiar la manera de percibir el problema. Divirtámonos, pero con menos ruido. En cualquier caso, la lección a extraer de la jurisprudencia del Tribunal de Estrasburgo es clara. Existe un límite inviolable para la contaminación acústica que es el domicilio. Un espacio libre de ruido, un espacio libre para soñar. Al menos 7 horas.

 

Manuel Lezertua Rodríguez
Ararteko