El Ararteko recomienda al Departamento de Educación que revise la desestimación de las solicitudes de reducción de jornada lectiva por edad para el curso 2023-2024, porque las personas interesadas tenían la posibilidad de jubilarse de manera voluntaria

Varias personas solicitaron la intervención del Ararteko en relación con la decisión del Departamento de Educación de no aplicar en su caso la figura de reducción de jornada lectiva por razón de edad. Dicha figura permite reducir un tercio de la jornada lectiva que, con carácter general, tiene atribuida el personal docente de los centros públicos no universitarios, con la obligación de poner las horas resultantes a disposición de la dirección del centro respectivo, para que esta asigne a quienes obtengan la reducción aquellas funciones concretas, no lectivas, que habrán de realizar durante ese tiempo.

Las personas reclamantes incidían en que tal reducción les había sido concedida en los cursos anteriores, pero que sus solicitudes relativas al curso actual fueron desestimadas, con el argumento de que ahora tienen la posibilidad de jubilarse de manera voluntaria. Señalaban que, de solicitar la jubilación voluntaria anticipada, su pensión se vería reducida en un elevado porcentaje, aun acreditando en algunos casos más de 40 años de cotización. De esa forma, su única alternativa era la de volver a la jornada lectiva completa a partir de los 63 años, lo que consideraban contradictorio con el objetivo de la figura.

 
El Ararteko solicitó al Departamento de Educación que informara de la justificación jurídica de la no aplicación del Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo y su disposición a revisar la desestimación de las solicitudes. La reducción de jornada lectiva por edad aparece prevista en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, como una medida de reconocimiento y puesta en valor de la labor docente realizada por el personal de los centros públicos.

A juicio de esta institución, no parece fácilmente explicable que una figura que tiene tal fundamento, al menos en su aplicación a quienes con carácter general se encuentran entre los 60 y los 63 años, pueda perderlo. Por ello, el Ararteko recomienda al Departamento de Educación que revise la desestimación de todas las solicitudes de reducción de jornada lectiva por edad para el curso 2023-2024, cuyo motivo ha sido que las personas interesadas tenían la posibilidad de jubilarse de manera voluntaria. 

RESOLUCIÓN

Vitoria-Gasteiz, 10 de octubre de 2023