El Ararteko recomienda al EVE que revoque la denegación de una ayuda para la instalación de un punto de recarga para coche eléctrico, pero el EVE rechaza hacerlo

Una persona acudió al Ararteko después de que el Ente Vasco de la Energía (EVE) le denegara una ayuda para la instalación de un punto de recarga para coche eléctrico dentro del Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES III).

En septiembre de 2022 esta ciudadana presentó una solicitud de ayuda para la instalación de un punto de recarga de un vehículo individual en el garaje de un edificio residencial en Bilbao. Un mes más tarde el EVE se la denegó por considerar que no cumplía con los requisitos. En concreto, el motivo era que la instalación de recarga de vehículos eléctricos instalada “No se trata de un sistema de recarga de vehículo eléctrico.”

En noviembre de 2023 la reclamante presentó un recurso de reposición alegando que la instalación sí que cumplía con todos los requisitos recogidos en las bases de la convocatoria y tenía la consideración de punto de recarga de vehículo eléctrico. Unos meses más tarde el EVE acordó desestimar el recurso al interpretar que las bases del programa de ayudas estaban destinadas a los sistemas de alimentación específicos para vehículos eléctricos y excluían a los sistemas de recarga simples, como era el de la persona solicitante. 

El Ararteko solicitó la colaboración del EVE que, en su respuesta, informó de la aprobación de las bases del programa MOVESIII en julio de 2021 y la modificación del anexo I de las bases en julio de 2023. La justificación de la exclusión era que, aunque el enchufe puede utilizarse para la recarga de vehículos eléctricos, no estaba destinado en exclusiva a tal fin.

Sin embargo, la reclamante insistía en que su instalación está destinada en exclusiva para la recarga de su coche eléctrico y dispone de un sistema de control y gestión de las recargas.

Analizando las bases el Ararteko concluye que son subvencionables todas las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos y cree que un cambio en el contenido literal de las bases no puede tener la consideración de “clarificatorio”.

Por ello, el Ararteko recomendó al EVE que revocara la denegación de la ayuda solicitada por la promotora de la queja y, en su caso, dictara una nueva resolución estimatoria teniendo en cuenta que la solicitud cumplía con los modos de carga de batería regulados. El EVE ha comunicado al Ararteko que no acepta la recomendación.

RESOLUCIÓN 

Vitoria-Gasteiz, 9 de enero de 2024