Nota informativa del Ararteko sobre el procedimiento de tramitación de las quejas relativas al proyecto de planta de incineración de Txingudi

La institución del Ararteko cree necesario aclarar algunas cuestiones relativas al procedimiento de tramitación de las quejas relativas al proyecto de planta incineradora promovido por la Mancomunidad de Txingudi. Las quejas han sido planteadas ante esta institución por tres colectivos diferentes: un colectivo de médicos, la plataforma "Txingudi Bizirik" y un grupo de ciudadanos y ciudadanas de Hendaya. El procedimiento, que aún no ha concluido, se ha desarrollado hasta la fecha de la siguiente manera: un equipo de asesores y asesoras del Ararteko, con cualificación técnico-jurídica acreditada en el campo del derecho medioambiental, se entrevistó, con el fin de recabar sus respectivos puntos de vista, con responsables de la Mancomunidad de Txingudi, del Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Gipuzkoa, y de los Departamentos de Medio Ambiente y Sanidad del Gobierno Vasco. Seguidamente se analizaron las cuestiones objeto de las referidas quejas dentro del parámetro conformado por las disposiciones del ordenamiento jurídico (europeo, español y vasco) que conciernen a dichas cuestiones, y fruto de ese trabajo resultó un documento que se remitió a las citadas entidades públicas con el objeto de que pudieran formular las alegaciones que estimaran oportunas.

En un primer momento, algunas de las administraciones citadas plantearon algunas cuestiones que tenían que ver no con el fondo del asunto sino con una delimitación precisa del ámbito material y subjetivo de nuestra intervención, así como con el procedimiento. Tras analizar estas objeciones se vio la necesidad de clarificar determinados aspectos del referido documento de análisis, que en los medios de comunicación ha recibido el calificativo de informe. Este documento, estudio o informe, que consta de 38 folios y en su contenido esencial es idéntico al de la redacción inicial, fue enviado a las administraciones competentes en el procedimiento administrativo relativo al referido proyecto de planta de incineración (Ayuntamiento de Hondarribia, Mancomunidad de Txingudi y Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco) dándoles un plazo de un mes (atendiendo a la petición de la Mancomunidad de Txingudi de prorrogar el plazo inicialmente concedido) para que puedan presentar sus alegaciones. El citado documento o informe también fue remitido a los colectivos que presentaron las quejas para que, a su vez, pudieran tener la oportunidad de aportar sus puntos de vista antes de dictar la resolución conclusiva del procedimiento por parte de la institución del Ararteko.

Es preciso aclarar que esta institución no ha remitido ningún escrito ni documento a ningún otro sujeto o entidad no mencionado en esta nota informativa y, por tanto, no tiene ninguna responsabilidad en la difusión o el uso que algunas fuerzas políticas están dando o haciendo de materiales pertenecientes al procedimiento que estamos siguiendo, que no tienen carácter definitivo puesto que dicho procedimiento -insistimos- no ha concluido. Una vez que hayamos recibido y analizado las alegaciones que presenten las entidades públicas emplazadas, así como, en su caso, las que pudieran formular los colectivos que presentaron las quejas, dictaremos la correspondiente resolución que cierre el procedimiento de queja y la daremos a conocer públicamente. En ningún caso entraremos a polemizar con ninguna entidad, pública ni privada, y, desde luego, seguiremos actuando con total independencia, con honestidad, y conforme a los criterios procedimentales que son propios y específicos de la institución del Ararteko, velando por la salvaguarda de los derechos al medio ambiente adecuado, a la salud y a una buena administración, de acuerdo con lo dispuesto por el ordenamiento jurídico.

Vitoria-Gasteiz, 7 de setiembre de 2005