El Ararteko pide al Gobierno Vasco que revise la suspensión de las prestaciones económicas de un trabajador autónomo a quien se le imputó un rendimiento ficticio de su actividad

Un ciudadano solicitó la intervención del Ararteko con motivo de la suspensión por Lanbide de las prestaciones de renta de garantía de ingresos (RGI) y prestación complementaria de vivienda (PCV) de las que era titular.

El reclamante era vendedor ambulante desde abril de 2017 y percibía al mismo tiempo la RGI, en la modalidad complementaria del trabajo y la PCV.

En el transcurso de un procedimiento de revisión del cumplimiento de requisitos y obligaciones para ser titular de estos derechos, y a efectos de determinar el rendimiento de su actividad como trabajador autónomo, en abril de 2019 Lanbide le notificó un trámite de audiencia, requiriéndole la aportación de la declaración de ingresos de los últimos 3 meses.

En la medida en que el rendimiento derivado de su actividad por cuenta propia era muy bajo, y por lo tanto no tenía obligación formal de presentar la declaración anual del IRPF, el interesado presentó ante Lanbide una declaración jurada de ingresos de los últimos 3 meses, en la que cifraba el rendimiento de su actividad en 70 euros mensuales.

Lanbide acordó la suspensión de las prestaciones basándose en que, a partir del mes dieciocho desde el inicio de su actividad por cuenta propia y en ausencia de una declaración fiscal previa, el rendimiento mínimo imputable de su actividad, según la normativa de RGI, sería el 150% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

En opinión del Ararteko, la imputación de un rendimiento mensual ficticio del 75% o del 150% del SMI a personas cuyo negocio se encuentra en crisis no tiene una explicación razonable ni se concilia con la finalidad de la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, más aun si cabe, cuando del análisis de la documentación se puede concluir, sin duda, la situación real de falta de ingresos en una actividad económica.

Por ello, el Ararteko ha recomendado al Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco que revise la resolución de suspensión de la RGI y de la PCV a la persona reclamante, con los efectos económicos que conlleve tal revisión.

Vitoria-Gasteiz, 23 de septiembre de 2021


Documentos relacionados

Resolución 2021R-2368-19 del Ararteko, de 2 de septiembre de 2021, por la que recomienda al Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco, que revise una resolución de suspensión de las prestaciones de renta de garantía de ingresos y prestación complementaria de vivienda de un trabajador autónomo, a quien se le ha imputado un rendimiento ficticio de su actividad, a pesar de haber acreditado estar en situación de crisis, con los efectos económicos que conlleve tal revisión.