El ararteko recomienda al Departamento de Salud del Gobierno Vasco que autorice la derivación de una persona transexual a un centro privado para una operación de reasignación genital

Una ciudadana solicitó la intervención del Ararteko con motivo de la demora excesiva de Osakidetza en la asignación de fecha para una operación quirúrgica de reasignación genital (vaginoplastia). Según expuso, en junio de 2022 ingresó en la lista de espera de cirugía programada no urgente del Hospital Universitario Cruces para la realización, informada favorablemente por su equipo médico, de una vaginoplastia. En septiembre se sometió al examen preoperatorio y el cirujano jefe de la Unidad de Identidad de Género le adelantó que la intervención se efectuaría en mayo de 2023. 

No obstante, en abril aún desconocía la fecha exacta de su operación y presentó reclamación ante el Servicio de Atención al Paciente y Usuario. Su respuesta fue que “se está priorizando a los pacientes con problemas graves, complejos y/o urgentes, en detrimento de intervenciones programables cómo es la suya.” 

La interesada reiteró su queja a través del servicio de atención a la ciudadanía “Zuzenean“ y solicitó que se respetara la fecha que le adelantó el cirujano o que fuera derivada a cualquier otro centro. El Departamento de Salud del Gobierno Vasco le respondió que se trata de una cirugía de alta complejidad y que no existen en el Estado otros centros acreditados por el Ministerio de Sanidad para su realización. Entonces solicitó su derivación a un centro privado ubicado en Cataluña, petición que fue denegada en dos ocasiones.  Esta situación de incertidumbre estaba generando a la reclamante un cuadro añadido de inestabilidad emocional, derivado directamente de esa postergación “sine die” de su intervención quirúrgica. 

Transcurrido un año y medio desde que fuera incluida en lista de espera aún no había sido operada, ni disponía de una fecha estimada de la intervención. No cabe duda de que la cirugía de reasignación genital es una intervención de alta complejidad, no obstante, a juicio del Ararteko, este factor no puede justificar que el plazo en el que se lleve a cabo una prestación sanitaria garantizada por el sistema público de salud pueda por ello duplicar o triplicar, como en este caso, el plazo de 180 días establecido con carácter general como límite máximo, o incluso mantenerse en suspenso “sine die”.

En la recomendación formulada recientemente por el Ararteko al Departamento de Salud se señala que la cartera de servicios sanitarios propia de Euskadi incluye la cirugía de reasignación genital entre las técnicas financiadas con cargo a los presupuestos públicos. La derivación a hospitales privados en situaciones de alta demanda quirúrgica es una vía de la que disponen las personas usuarias del sistema público de salud. A juicio del Ararteko la única vía de que disponía la reclamante para que se hiciera efectivo su derecho a una atención sanitaria adecuada era la de ser derivada a un centro privado financiándose con cargo a los presupuestos públicos y la denegación podría constituir un supuesto de discriminación. 

Por todo ello, el Ararteko recomendó al Departamento de Salud que autorizara la derivación de la persona promotora de la queja al centro privado propuesto por ella misma y que se llevara a cabo la intervención con cargo al presupuesto de ese departamento. 

El Departamento de Salud ha comunicado al Ararteko que no acepta la recomendación y a día de hoy, 21 meses después, la reclamante continúa en lista de espera y sin una fecha estimada para su intervención. 

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Vitoria-Gasteiz, 11 de marzo de 2024