El Ararteko recomienda al Gobierno Vasco que revise los métodos utilizados para recoger datos de las personas que ingresan en prisión

También le pide que diseñe un protocolo de servicios sociales penitenciarios que permita un correcto control por parte del Centro Directivo Penitenciario de Euskadi, para evitar traslados lesivos de los derechos de las personas presas 

En mayo de 2023 el Ararteko recibió un escrito de queja de una persona denunciando el traslado de un preso del centro penitenciario de Martutene a un centro de León. Tras el ingreso en diciembre de 2022 del preso en Martutene, la Junta de Tratamiento propuso la clasificación inicial del interno al Centro Directivo Penitenciario de Euskadi. Posteriormente, ratificó la clasificación en segundo grado de tratamiento penitenciario y solicitó su traslado a un establecimiento penitenciario gestionado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: “Son dos los factores que han motivado el traslado del interno: La sobreocupación de los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma Vasca y la falta de vinculación socio/familiar del interno en la Comunidad Autónoma Vasca.”. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias aprobó el traslado.

La persona reclamante argumentaba que el interno tiene vinculación familiar en Gipuzkoa, que ha pasado su vida en Euskadi desde hace más de 20 años y que estaba siendo sometido en la prisión a un tratamiento de deshabituación del consumo de estupefacientes. Adjuntó diversa documentación: el histórico de padrón en Gipuzkoa del preso, el libro de familia donde consta la filiación de su hija menor de edad y un informe psicológico que recoge la influencia positiva de la reconstrucción del vínculo paternofilial en el desarrollo de la menor.

Tras solicitar información al respecto a la administración penitenciaria vasca, ésta remitió un informe señalando que “según el informe social emitido desde el centro penitenciario de Gipuzkoa a la Dirección de Justicia, el interno no mantiene relación con su familia (...) viviendo en la calle antes de su ingreso en prisión”.

Sin embargo, a juicio del Ararteko, los datos demuestran el arraigo del recluso en Euskadi, algo que no se tuvo en cuenta a la hora de decidir su traslado. Además, hay que tener en cuenta el impacto que esta decisión ha tenido en la hija menor de edad del recluso. En este sentido, el Ararteko recuerda que las niñas y niños con progenitores encarcelados tienen los mismos derechos que el resto y, en consecuencia, el derecho al contacto regular con sus progenitores. Por otra parte, este contacto regular puede tener un impacto positivo también en los procesos de reinserción de las personas presas.

Por ello, el Ararteko recomienda al GV que acepte la solicitud de traslado a Euskadi formulada por el reclamante y que revise los métodos utilizados para recoger datos de las personas que ingresan en prisión para que sean rigurosos. También le pide que diseñe un protocolo de servicios sociales penitenciarios de recogida de datos sociales y familiares, así como otras circunstancias personales de manera homogénea en los tres centros penitenciarios, que permita un correcto control por parte del Centro Directivo Penitenciario de Euskadi, para evitar traslados lesivos de los derechos de las personas presas que pueden afectar, inevitablemente, a los derechos de los menores con progenitores encarcelados.

RESOLUCIÓN

Vitoria-Gasteiz, 14 de marzo de 2024